20
Sep 2010

Caminera de Córdoba: ¿Qué hacer con las notificaciones irregulares? Defensor del Pueblo responde

Archived in the category: Policía Caminera

Volviendo a hablar de la Caminera, esta vez después de que se conocieran algunos hechos irregulares por los medios y que el Defensor del Pueblo de la Provincia tomara cartas en el asunto.

Primero, repasemos quién es y qué hace el Defensor del Pueblo (a nivel provincial y nacional):

El Defensor del Pueblo es una Institución que actúa con plena independencia y autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad.

Su misión es la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución y en las Leyes; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.

Facultades del Defensor del Pueblo
En el ejercicio de las misiones que la Constitución Nacional y la Ley le encomiendan, el Defensor del Pueblo de la Nación podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado cualquier investigación en todos aquellos casos originados por cualquier repartición de la Administración Pública y las empresas prestadoras de servicios públicos, aún las privatizadas, en relación a los siguientes temas:

* Mal funcionamiento
* Ilegitimidad
* Falta de respuesta a reclamos efectuados
* Mala prestación, atención o trato
* Insuficiencia de información
* Violaciones a los derechos humanos, del usuario y del consumidor
* Cuestiones atinentes a la preservación del medio ambiente

Fuente: Córdoba Debate

Habiendo hecho este repaso, veamos qué sucede con lo de las multas, con esta info extraída desde el sitio de la Defensoría del Pueblo:

Defensor del Pueblo orienta a los ciudadanos por notificaciones de multas de la Caminera

Atento a los innumerables reclamos provenientes de distintos puntos del territorio cordobés de personas que han recibido una notificación por infracciones de tránsito detectadas por la Policía Caminera de la Provincia, el Defensor del Pueblo de Córdoba, Mario Decara conjuntamente a sus pares de Río Cuarto, Eduardo Mugnaini y de Villa María, Ricardo Borsato acordaron llevar adelante distintas acciones a fin de colaborar con los ciudadanos para facilitarles su derecho de defensa.

En tal sentido y como primera instancia, sugieren cómo proceder respecto a aquellas notificaciones que disponen: declarar en rebeldía, declarar autor de una infracción al Código de Tránsito y condenar a pagar el máximo de la multa prevista para dicha infracción.

En caso de que el ciudadano haya efectuado su descargo en tiempo y forma, los ombudsman recomiendan presentar una nota ante el Juez de Faltas y/o Policial del cual provino la Resolución, acompañando la documentación que lo acredite, solicitando se declare la nulidad de la misma y se dicte una nueva, teniendo en consideración el descargo realizado.

Con el objetivo de facilitar esta presentación, los Defensores ponen a disposición de los usuarios, un modelo de nota, debiendo adjuntarse fotocopia de la resolución recibida, del descargo presentado y la comprobación de su recepción por parte del Tribunal. La nota debe ser presentada personalmente por duplicado, de manera que quede una copia para el ciudadano donde conste la fecha y la firma de quien la recibió o por correo con aviso de recepción.

Aquellos ciudadanos que argumenten no haber sido detenidos por parte de la Policía Caminera para ser notificados del acta, o tienen dudas de su autoría, se sugiere solicitar por escrito al Tribunal que emitió la Resolución (Juez de Faltas o Policial) las copias certificadas de: a) Acta de Constatación sobre la que se basa la supuesta infracción; b) Resolución completa con sus vistos y considerandos. Una vez obtenida esta documentación podrán analizarse los extremos de hecho en que se funda la decisión y el ciudadano podrá ejercer los derechos que estime le correspondan.

Por último, los Ombudsman recomiendan en general para todos los ciudadanos a los que se les labre un Acta de Constatación de una infracción en las rutas de la Provincia de Córdoba, que presenten el descargo correspondiente en los términos del artículo 8 de la Resolución 008/2009, ante el Juez de Faltas y/o Policial consignado en la mencionada Acta, para evitar la declaración de rebeldía y como un ejercicio de un derecho esencial a toda persona, tal como es el derecho de defensa.

El instructivo, solicitud de nulidad y solicitud de copia de resolución están como archivos word en la web del Defensor del pueblo, pero como siempre trato que se acceda más simplemente a la info, la subo como tres posts independientes a este blog así tengan la conexión que tengan, puedan leerlas sin problemas desde un ciber, casa, escuela, etc.

3 comments for “Caminera de Córdoba: ¿Qué hacer con las notificaciones irregulares? Defensor del Pueblo responde”

1

Hola! que tal? Muy buena la info posteada. Quiero consultarte dos cosas a vos que sos de Cordoba y estas bien informada:

Me hicieron una multa en Carlos Paz a 50 metros del inicio de la autopista a Cordoba (Saliendo de la Avenida San Martín) por no haber encendido las luces bajas. (había salido del hotel a 4 cuadras y no me di cuenta). Las preguntas son:
1: ¿Que pasa si no la pago?¿Caduca?¿Tendre problemas aca en Mendoza para renovar el carnet (en 2012)? Vale decir que vivo en Mendoza y esta fue la primera vez que pisé Cordoba.
2: ¿Es cierto que a tan pocos metros del inicio de la autopista no debería correr la multa?

Gracias por tu respuesta

November 9th, 2010 at 16:32
2
Dayana

Jorge,
1- Altamente probable que no pase nada.
2- No, es OBLIGACION tener encedidas las luces en rutas y autopistas.
Saludos!

November 9th, 2010 at 16:47
3
Lucas

Hola que mi nombre es lucas y queria hacerte una consulta, te comento que el dia sabado pasado me levantaron una multa en la ruta 36 apenas pase el peaje de ingreso a cordoba por que los pasajeros traseros no llevaban colocados los cinturones de seguridad. Queria saber si esta aplica ya que soy de mendoza. Si aplica t pediria que por favor me dieras una idea de como elaborar una nota de descargo para presentar en mi provincia para bajar el valor de la multa…

Desde ya muchas gracias y espero tu respuesta

Lucas

December 7th, 2010 at 21:14
Página 1 de 11
  • Política de privacidad del blog