Hace unos días se dió un hecho por demás curioso, una jueza salió a hablar pelotudeces cosas imposibles de entender para quien por su función debería saber que la ley suprema es la Constitución Nacional.  Y para peor, hoy me llegó una cadena de mails con esta información errónea.

Para evitar que la gente que tiene el “enter fácil” divulgue cosas que no son, será mejor repasar el tema de las elecciones primarias:

Para los que quieran leer el Decreto 586/2011 – ELECCIONES NACIONALES, visiten el PDF del link.

Convócase al electorado de la NACION ARGENTINA a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos a PRESIDENTE y VICEPRESIDENTE de la Nación, SENADORES y DIPUTADOS NACIONALES el día 14 de agosto de 2011.

También pueden leer la Ley N° 26.571 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral. En el Título II, se explica el tema de las elecciones primarias:

Art. 19º: Todas las agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar sus candidatos a cargos públicos electivos nacionales y de parlamentarios del Mercosur mediante elecciones primarias, en forma simultánea, en todo el territorio nacional, en un solo acto electivo, con voto secreto y obligatorio, aun en aquellos casos en que se presentare una sola lista.

Entonces, para poner en claro las cosas:

Qué dijo la jueza

La jueza federal electoral porteña, María Romilda Servini de Cubría dijo que las elecciones primarias del 14 de agosto son obligatorias, por lo que aquella persona que no vote y no justifique debidamente su ausencia, tampoco podrá votar en las elecciones generales del 23 de octubre.

¿Cuál es la realidad?

El voto es un derecho constitucional:

Art. 37.- Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.
La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral.

El Código electoral no contempla ese tipo de sanción:

Texto de la Senadora por Salta Sonia Escudero, en un artículo de Urgente 24:

La sanción por no votar en agosto no puede ser jamás la prohibición de votar en octubre por dos sencillas razones:

> primero, porque para ello tiene que existir una sentencia judicial que así lo haya declarado, y

> segundo, porque ésta no es una sanción contemplada en nuestras leyes electorales.

¿Qué dice nuestro Código Electoral en relación con quien no concurra a votar?

El artículo 125 establece 2 sanciones:

> multa de 50 a 500 pesos argentinos, y

> la imposibilidad de ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección.

 

Resumiendo: ir a votar a las elecciones primarias del 14 de agosto es obligatorio, pero si no votás la sanción es una multa y no vas a tener ningún problema para hacerlo el 23 de octubre en las elecciones presidenciales.

Para quienes están buscando información sobre el tema de la Boleta Única en Córdoba, pueden visitar la página sobre las elecciones de la justicia de Córdoba.

Tuve la oportunidad de votar con la boleta única en las elecciones municipales de mi ciudad y la verdad fue más sencillo de lo que creía.

Al llegar a mi mesa el presidente me dio la boleta y el sticker para pegarla, y me explicó el procedimiento: tenía que entrar al cuarto oscuro y marcar la lista de mi preferencia, doblar la boleta, cerrarla con el sticker antes de salir e introducirla a la urna con la cara firmada por las autoridades de mesa hacia arriba.

Pueden ver este video con más detalles:

Algunas de las preguntas frecuentes que se pueden leer en la web oficial son: Read more »

El recital será el 2 de octubre a las 20.30 hs en el Orfeo Superdomo.

Entradas a la venta a partir del sábado 30 de julio en TIENDAS VESTA de Dinosaurio Mall de Alto Verde, Ruta 20 y Dinosaurio Express de San Vicente de 10 a 22hs. También se podrá realizar la compra a través de Internet ingresando a la página www.orfeosuperdomo.com

Los valores de las entradas en Tiendas Vesta:
PISTA VIP: $715
PISTA: $440
SECTOR ROJO: $660, $550, $440 Y $330
SECTOR VERDE: $550, $440, $330 Y $220
SECTOR AZUL: $550, $440, $330 Y $220
***Este valor de entrada incluye 10% en concepto de Service Charge.

Los valores de las entradas vía WEB son:
PISTA VIP: $728
PISTA: $448
SECTOR ROJO: $672, $560, $448 Y $336
SECTOR VERDE: $560, $448, $336 Y $224
SECTOR AZUL: $560, $448, $336 Y $224
***Este valor de entrada incluye 12% en concepto de Service Charge.

 

Si sos fan de César Millán y no te perdés los capítulos del Encantador de Perros por Animal Planet, seguramente te gustaría poder ver de nuevo algún capítulo o repasar alguna de las enseñanzas del psicólogo canino más famoso del mundo.

Podés ver los capítulos desde la temporada 3 en adelante en este canal de You Tube. Los episodios se encuentran doblados en español de España (para algunos resta algunos puntos contra el melodioso doblaje latinoamericano).

Para ilustrar este post un fragmento del episodio de Fluffy, el perro que se hacía el muerto para no caminar 😀

Computadora, creatividad e imaginación para la inclusión de personas con NEAE/discapacidad

Córdoba  20 de  agosto de 2011UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA

Aula Magna de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño

 

Cronograma

8-9 h Entrega de documentación

9,00-10,30 Conferencia – Tres miradas sobre TIC e Inclusión

– Daniel Zappalá,  coordinador nacional para la Educación Especial de “Conectar Igualdad”. Ministerio de Educación de la Nación.

– Roxana Castellano, directora de Creática Fundación FREE Iberoamericana para la Cooperación. Uruguay

– Rafael Sánchez-Montoya. representante MEC-España en el SEN-IST-NET. Agencia Europea para el Desarrollo de la Educación Especial. Read more »

Página 345 de 764« Primera...102030...341342343344345346347348349350...360370380...Última »
  • Política de privacidad del blog