Muy interesante artículo provisto por Enargas sobre la compra de vehículos con GNC. Lo pueden descagar en formato Zip junto a mucha otra información desde este link.

Antes de comprar un vehículo con equipo completo para GNC efectúe las siguientes verificaciones:

1.    Solicite del vendedor, por escrito, la marca y número de serie del Regulador y Cilindro/s del equipo completo para GNC instalado en el vehículo.

2.    Comuníquese con el Productor de Equipo Completo* (PEC), con el  cual elija efectuar la Revisión Anual de la instalación de gas del  vehículo y registrarlo  a  su nombre, a fin de que con  el  dominio (patente) del vehículo y los  datos del regulador  y cilindros proceda a verificar si hay algún inconveniente para efectuar la operación. Se recomienda  solicitarle al Productor que le extienda una constancia por escrito del resultado de la verificación efectuada.

3.    De optar por la compra de la unidad, requiera del vendedor el “Formulario de Transferencia de elementos del equipo para GNC, para su reinstalación” y tache el texto “para su reinstalación”.

4.    Se recomienda  que antes de  concretar la  operación de compra, concurra a un Taller de Montaje* (TdM) habilitado a efectos de verificar físicamente que los datos informados por el vendedor se correspondan con los elementos realmente instalados en el vehículo.

5.    Es conveniente efectuar una nueva Revisión Anual del vehículo para verificar el correcto funcionamiento del  equipo y/o adulteración de éste, independientemente de que la oblea se encuentre vigente.

6.    Cuando proceda a asegurar su vehículo, incluya la instalación de GNC haciendo constar la marca  y números de serie del regulador y cilindros instalados.

7.    Solicite del vendedor el “Manual de instrucción para el uso del equipo para GNC” o, las “Recomendaciones para el uso de vehículos propulsados con GNC”, en caso de tenerlos.

Si compra un vehículo automotor “O km” propulsado con GNC, siga las indicaciones de la Concesionaria.

* El Productor de Equipo Completo (PEC) y los Talleres de Montaje (TdM) habilitados por Enargas se pueden consultar por provincia desde este link.

Ante el robo o deterioro de chapa patente, el titular debe realizar la denuncia ante el Registro automotor donde está radicado el mismo.

¿Qué documentación se debe presentar.?
1.- Documento que acredite identidad. Original y una fotocopia.
– Argentinos: DNI, LC o LE.
– Extranjeros:
a) Sin residencia: pasaporte.
b) Con residencia permanente: DNI.
c) De países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
LA CONSTANCIA DE DOCUMENTO EN TRAMITE NO ACREDITA IDENTIDAD.
2.- Título del vehículo.
3.- Cédula del automotor.
4.- Solicitud Tipo “02”.
5.- Formulario Tipo “59” en caso en que el trámite es iniciado por un representante.
Si el titular no concurre al Registro, la firma en la Solicitud Tipo “02” debe estar certificada por escribano público y puede presentarlo otra persona munido del DNI (el Registro verificará, mediante el Formulario “59”, la identidad del presentante).

¿Cómo se hace?
1.- Concurrir al Registro donde está radicado el vehículo e indicar el número de dominio.
2.- Solicitar un duplicado de placas metálicas, presentando la documentación indicada.
3.- En el Registro le entregarán placas provisorias de papel en letras y números rojos, hasta la entrega de las placas metálicas duplicado.
4.- Retirar las placas definitivas, en plazo indicado por el Registro. Para retirarlas debe presentar la cédula del vehículo.

¿Cuánto vale?
Placas: $25.-
Certificación de firmas: $30.-
Certificación de firmas con acreditación de personería: $40
Cédula Nueva: $25.-

En caso de ser necesario:
Verificación de la identidad del representante mediante el Formulario “59”: $26.-
Solicitud Tipo “02”: $ 11,80.- , o gratuito, según el Registro Seccional donde se realice el trámite.

Los aranceles son cobrados en los registros seccionales. La única forma de pago es en EFECTIVO.

¿Quién puede/debe efectuarlo?
El titular del dominio o apoderado.

¿Cuándo es necesario realizarlo?
Cuando se produce la perdida, extravío, deterioro o sustracción de las dos placas o alguna de ellas.

¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?
Hasta que las placas no se pueden leer más o se carezca de las placas o de alguna de ellas.

¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación requerida y recibir las placas provisorias.
2.- Recibir las placas metálicas duplicado.

¿De qué organismo depende?
Del Registro Seccional que lo recibió que a su vez depende de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios de la República Argentina (DNRPA). Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
Entrega de placas provisorias de papel en letras y números rojos: en el momento.
Entrega de duplicado de placas metálicas: 15 días.

Observaciones
DATOS SOBRE LAS SOLICITUDES TIPO
Las Solicitudes Tipo serán provistas gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:
a) El trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
b) Que el peticionario suscriba la Solicitud Tipo ante el encargado de Registro, quien le certificará su firma. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto la Solicitud Tipo en presencia del encargado, quien procederá a su certificación.
Las Solicitudes Tipo deberán presentarse totalmente completas.
Las Solicitudes Tipo tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo las que instrumentan el otorgamiento de derechos (“08”, “15”, “03”, “01”, “20” y “24”) que no tienen vencimiento pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora.

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS EN LAS SOLICITUDES TIPO
La firma del peticionario (y cuando correspondiere su cónyuge) en las Solicitudes Tipo deberán estar certificadas por:
a) Encargado del Registro de la radicación del automotor o donde se presentará el trámite.
b) Escribano Público.
c) Otros certificantes. Consultar a la Oficina de Asesoramiento de la DNRPA.

No se requerirá certificación:
a) En las Solicitudes Tipo referidas a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
b) Las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en las Solicitudes Tipo que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Solicitud Tipo “08” especial.
c) Las firmas estampadas en la Solicitud Tipo “99” y en los Formularios “57” y “58”.

Direcciones y teléfonos de los registros de automotor por provincia

Fuente

¿En qué consiste?
Obtener una nueva cédula/tarjeta verde ante el extravío, hurto, deterioro o vencimiento de la misma para poder circular con el rodado.

Nota: A pesar de que en poder del titular la cédula/tarjeta verde no tiene vencimiento, para que un tercero circule con el automotor, la cédula debe estar dentro de su plazo de vigencia o contar con una cédula azul.

¿Qué documentación se debe presentar?

1.- Formulario “02” firmado por el titular y certificado por escribano o el encargado del registro.

2.- Título del Automotor.

3.- Documento que acredite identidad:
– Argentinos: DNI, LC o LE.
– Extranjeros:
a) Sin residencia: pasaporte.
b) Con residencia permanente: DNI.
c) De países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
IMPORTANTE: LA CONSTANCIA DE DOCUMENTO EN TRÁMITE NO ACREDITA IDENTIDAD.

4.- En caso de deterioro total o parcial debe presentar la cédula verde deteriorada.

NOTA:
– En el caso en que el duplicado / renovación sea solicitado por el representante legal del titular o un apoderado, debe presentar los instrumentos que lo acrediten como tal.
En los supuestos en los cuales la firma en el formulario esté certificada por escribano público o por el Registro pero en una oportunidad anterior a la fecha de la presentación y sea otra persona quien presente el trámite ante el Registro, esa persona además, deberá presentar su DNI y un Formulario 59 (que entregará el Registro).

– Para informarse acerca de la certificación de firmas, ver el Item “Observaciones”.

¿Cómo se hace?
1.- Pedir el duplicado / renovación de la cédula verde en el Registro donde está radicado el vehículo.
2.- Retirar la nueva cédula verde.

¿Cuánto vale?
Los trámites se realizan previo pago de los aranceles que a ese efecto fija el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Se paga por la petición y no por el resultado favorable de ésta.
Los aranceles tienen una validez de 90 días hábiles administrativos. Una vez vencido este plazo, deberá abonar nuevamente el arancel.

Cuando el trámite es iniciado por el titular:
Solicitud de duplicado de cédula verde: $25.-
Certificación de firmas: $30.-
Formulario “02″: $10.- o gratuito, según el Registro Seccional

Cuando el trámite es iniciado por un apoderado:
Verificación de la identidad del representante mediante el Formulario “59”: $40.-

IMPORTANTE: los formularios se entregan gratuitamente siempre que en el mismo acto se certifiquen las firmas en el Registro y se presente la documentación. Ver Item “Observaciones”.

Los aranceles son cobrados en los registros seccionales. La única forma de pago es en EFECTIVO.

¿Quién puede/debe efectuarlo?
El titular del dominio o un apoderado.

¿Cuándo es necesario realizarlo?
Cuando el titular extravía la cédula original (duplicado) o debe entregar el automotor para que lo utilice un tercero (renovación).

¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?
Un año contado desde la fecha de expedición que consta en ella. No obstante, la cédula verde no tiene vencimiento para el titular.

¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?
Debería asistir DOS veces:
1.- Solicitar el duplicado / renovación de cédula verde.
2.- Retirar la nueva cédula verde.

¿De qué organismo depende?
Del Registro Seccional que lo recibió que a su vez depende de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios de la República Argentina (DNRPA). Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
La cédula duplicada / renovada se entrega en 24 hs.

Observaciones
DATOS SOBRE LOS FORMULARIOS
Los Formularios serán provistos gratuitamente por el Registro Seccional, siempre que:
a) El trámite sea presentado ante el Registro de la radicación, o el de la futura radicación si se peticiona también el trámite de Cambio de Radicación.
b) Que el peticionario suscriba el Formulario ante el encargado de Registro, quien le certificará su firma. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto el Formulario en presencia del encargado, quien procederá a su certificación.
Los Formularios deberán presentarse totalmente completos.
Los Formularios tienen una validez de 90 días hábiles administrativos a partir de la fecha de la primera certificación de firmas, salvo los que instrumentan el otorgamiento de derechos (“08”, “15”, “03”, “01”, “20” y “24”) que no tienen vencimiento, pero transcurridos 90 días hábiles administrativos se abonará un arancel progresivo por mora.

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS EN LOS FORMULARIOS
La firma del peticionario (y cuando correspondiere su cónyuge) en los Formularios deberá estar certificada por:
a) Encargado del Registro de la radicación del automotor o donde se presentará el trámite o;
b) Escribano Público o;
c) Otros certificantes. Consultar en la Oficina de Asesoramiento de la DNRPA.

No se requerirá certificación:
a) En los Formularios referidos a contratos de prenda con registro y sus trámites posteriores, cuando el acreedor sea el Estado, sus reparticiones autárquicas y los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina, las instituciones financieras de carácter internacional de las que la República Argentina sea miembro y las sociedades cooperativas.
b) Las firmas estampadas por los jueces, secretarios, personas autorizadas a diligenciar el trámite o letrados, en los Formularios que deban acompañarse con carácter de minuta, ni las que con el mismo carácter suscriban los Escribanos autorizantes de las transferencias celebradas por escritura pública o las suscriptas por éstos en los supuestos previstos para las transferencias realizadas con Formulario “08” especial.
c) Las firmas estampadas en el Formulario “99” y en los Formularios “57” y “58”.

Direcciones y teléfonos de los registros del automotor por provincia

Fuente

29
Dec 2008

La Policía Caminera de la provincia de Córdoba presentó una serie de radares que serán utilizados para multar a quienes exedan la velocidad en las rutas cordobedad a partir de marzo.

Si bien no se preciso donde estarán ubicados los puestos de control y cuál es el alcance de estos aparatos para controlar infracciones de velocidad, se sabe que los controles preventivos se realizarán durante los meses de enero y febrero sin el cobro de multas mientras se pone a punto el servicio. A partir de marzo entra en vigencia el sistema de multas.

Lo que sigue es un extracto de la nota de La Voz del interior donde se informa sobre los radares:

Con la incorporación de 30 radares (denominados técnicamente cinemómetros), la Policía Caminera de Córdoba comenzará a realizar controles de velocidad en las rutas y autopistas provinciales desde los primeros días de 2009, al tiempo que las multas se aplicarán recién desde marzo.

Las sanciones se aplicarán a aquellos conductores de vehículos que superen los límites de velocidad establecidos en las rutas que atraviesan la provincia.

Límites de velocidad

1.- En zona urbana:

a) En calles: 40 km/h.

b) En avenidas: 60 km/h.

c) En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos.

2.- En zona rural (rutas convencionales):

a) Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h.

b) Para ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h.

c) Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h.

d) Para transporte de sustancias peligrosas: 80 km/h.

3.- En autopistas y autovías los mismos del apartado 2.- salvo para motocicletas y automóviles que puede llegar hasta 130 km/h y los del punto b) que tienen el máximo de 100 km/h.

4.- Límites máximos especiales:

a) En las intersecciones urbanas sin semáforos, ni señales de prioridad; la velocidad precautoria, nunca será superior a 30 km/h.

b) En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos; la velocidad precautoria no será superior a veinte 20 km/h, y el cruce se efectuará después de asegurarse el conductor que no se acerca un tren.

c) En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas la velocidad precautoria no será mayor a 30 km/h, durante su funcionamiento.

d) En rutas que atraviesen zonas urbanas (travesías), la velocidad precautoria no será mayor a sesenta 60 km/h.

Ver también el post sobre Requisitos y exigencias de la Caminera para la circulación por rutas de Córdoba.

TREKKING – CAMINATAS GUIADAS
·Roberto Fornari
Tel.(03541) 432725-15540580- lagartoalternativo@yahoo.com.ar – RPOTA.
·Sergio Tommasi
Tel.(03541) 428492 – 15573718 – sierrasviajes@hotmail.com – RPOTA. AAGM.
·Nancy Quiroga
Tel.(03541) 432432 – 15618339 – alfquiroga@yahoo.com.ar – alfquiroga@gmail.com – RPOTA.
·María Eugenia Didiego
Tel. (03541) 434399 – (0351) 152398571 –medidiego@hotmail.com – AAGM – RPOTA.
·Mario Mora
Tel.(03541) 496310 – 15540736. kunturexpediciones@yahoo.com.ar – RPOTA.
·Hebert Chiodi
Tel.(03541) 434399 – (0351)-155523643 – hebertexpediciones@arnet.com.ar – AAGMRPOTA.

RPOTA – Registro Provincial de Operadores de Turismo Alternativo.

ESCALADA – RAPPEL – TIROLESA
·Hebert Chiodi
Tel.(03541) 434399 – (0351)-155523643- hebertexpediciones@arnet.com.ar – AAGM – CAVCP.
·Roberto Fornari
Tel.(03541) 432725 – 15540580 -lagartoalternativo@yahoo.com.ar – RPOTA – CAVCP.
·Sergio Tommasi
(03541) 428492 – 15573718 – sierrasviajes@hotmail.com – RPOTA – AAGM.
·Mario Mora
Tel.(03541) 496310 – 15540736 – kunturexpediciones@yahoo.com.ar – RPOTA.

RPOTA – Registro Provincial de Operadores de Turismo Alternativo.
AAGM – Asociación Argentina de Guías de Montaña.

CABALGATAS
·Aventuras El Oso
Tel.(03541) 435389 – 15628746 – info@aventuraseloso.com.ar
·Estancia Loca
Tel.(03541) 428023 – 15623531 – estancialoca@hotmail.com
·Eco Safari
Tel. (03541) 436188 – 15591694 – ecosafari@hotmail.com .
·La Posta del Qenti
Tel.(03544) 426450 – 472532 – laposta@qenti.com.ar

CICLOTURISMO
·Gabriel Gutierrez
(03541) 422859 – 15577206 – rapibike@rapibike.com.ar
www.rapibike.com.ar
·Hebert Chiodi
Tel.(03541) 434399 – (0351)-155523643- hebertexpediciones@arnet.com.ar
·María Eugenia Didiego
Tel. (03541) 434399 – (0351) 152398571 – madidiego@hotmail.com

BUCEO
·Agrupación Buzos Deportivos Córdoba
Tel. (0351) – 156187555 buzoscordoba@yahoo.com

MULTIAVENTURA
·Aventuras El Oso
Tel.(03541) 435389 – info@aventuraseloso.com.ar www.aventuraseloso.com.ar
·Eco Safari
Tel. (03541) 436188 – 15591694 – ecosafari@hotmail.com .
·Hebert Chiodi
Tel.(03541) 434399 – (0351)-155523643- hebertexpediciones@arnet.com.ar – www.expediciones-arg.com.ar .
·María Eugenia Didiego

ESPELEÍSMO – TURISMO MINERO
·Mario Mora
Tel.(03541) 496310 – 15540736 – kunturexpediciones@yahoo.com.ar
·Aventuras El Oso
Tel.(03541) 435389 – 15628746 -info@aventuraseloso.com.ar
·Nancy Quiroga
Tel.(03541) 432432 – 15618339 – alfquiroga@yahoo.com.ar – alfquiroga@gmail.com

VEHÍCULOS TODO TERRENO
·Eco Safari
Tel. (03541) 436188 – 15591694 – ecosafari@hotmail.com .
·Roberto Fornari
Tel.(03541) 432725 – 15540580 – lagartoalternativo@yahoo.com.ar

ESTABLECIMIENTOS RURALES QUE PRESTAN SERVICIOS DE TURISMO ALTERNATIVO
·Estancia Cerro Blanco
Tel. (03541) 498460 – 15581954 info@estanciacerroblanco.com.ar
·Estancia Loca
Tel.(03541) 428023 – 15623531 – estancialoca@hotmail.com
·La Posta del Qenti
Tel.(03544) 426450 – 472532 – laposta@qenti.com.ar
·Estancia La Granadilla
Tel. (0351) 4231530 – info@lagranadilla.com.ar
·Águila Blanca
Tel. (03547) 15575353.

Fuente: secretaría de turismo de Villa Carlos Paz

Página 695 de 764« Primera...102030...691692693694695696697698699700...710720730...Última »
  • Política de privacidad del blog