07
Mar 2009

Control de velocidad con radares en las rutas de Córdoba – Lugares de control y costos

Archived in the category: Policía Caminera

La Policía Caminera distribuyó 30 radares en toda la provincia. Doce están localizados en las afueras de Córdoba Capital y en ciudades próximas como Carlos Paz, Río Ceballos y Alta Gracia, por citar algunas (el sector metropolitano).
Los 18 radares restantes están apostados en las demás ciudades del interior, como Río Cuarto, Villa María o Bell Ville, por caso.

Las multas por exceso de velocidad comenzaron a labrarse hace varias semanas. Pero ahora habrá que pagar.

Las máximas permitidas son:

En las rutas, 110 km/h.
En autopistas, 130 km/h.

Circunvalación y peajes
En relación a la avenida de Circunvalación, de la ciudad de Córdoba, Javier Sosa, asesor en seguridad del Ministerio de Gobierno, dijo que “por ahora” no se labrarán multas por exceso de seguridad. “Es un caso particular porque tiene forma de autopista, pero la gente no puede andar a 130, porque tiene un trazado urbano. Tenemos que evaluarlo”, señaló.

Cuando el conductor se acerque a una cabina de peaje deberá ir respetando las máximas permitidas: 120, 100, 80, 40.

Acta de notificación de infracción
El acta de constatación es un notificación que se le entrega firmada al supuesto infractor. Este debe optar entre realizar un descargo en el municipio más cercano correspondiente al lugar de la infracción dentro de los 5 días de labrada el acta.
La segunda opción es pagar directamente la multa; para lo cual se le entregará un talón para que pueda efectuarse el pago espontáneo o pago voluntario en el Banco de Córdoba, con los descuentos que establece la ley. Dicho talón ya incluye el descuento al momento del labrado de la multa.

Valores de las infracciones
Las infracciones están tipificadas en leves, graves y muy graves, con la escala de valor económico establecido en Unidades Fijas (UF) -costo al público de 1 litro de nafta especial- adoptándose el menor valor en plaza fijado por la secretaría de Energía de la Nación.
Opciones de pago
– Pago Espontáneo: 50% de descuento. Se paga dentro de las 48 horas de labrada el acta. Contemplado para faltas leves y algunas graves. No contemplado para faltas muy graves.
Pago Voluntario: 25% de descuento se aplica a faltas graves y muy graves. Se paga dentro de los 7 días de labrada el acta.

En ambos casos se pagan en cualquiera de las sucursales del Banco de Córdoba.
Los multados que no vivan en la provincia pueden hacerlo en cualquier sucursal del Banco Nación.


Tipos de infracciones
(precios actualizados al 20/5/2010)
Leves: de 0 a 2 puntos ———– 20 a 100 UF (multa de hasta 445,90 pesos)
Graves: de 2 a 5 puntos ——— 100 a 200 UF (multa  entre los 445,90 y los 891 pesos)
Muy graves: de 5 a 20 puntos — 200 a 400 UF (multa entre los 891 pesos y  los 1.783 pesos)

Con los descuentos por pago volunario los descuentos son de hasta un 50% en el caso de mals multas graves y muy graves (no debería ser justo al revés?).

La ley especifica en el artículo 115:

Infracciones leves: Tendrán la consideración de infracciones leves, las cometidas contra las normas contenidas en esta Ley que no se clasifiquen expresamente como graves o muy graves en los números siguientes.

Infracciones graves: Se consideran infracciones graves, las conductas tipificadas en esta Ley y sus reglamentaciones referidas a conducción negligente o temeraria, omisión de socorro en caso de necesidad o accidente, ingestión de sustancias que perturben o disminuyan las facultades psicofísicas del conductor tiempos de conducción, limitaciones de velocidad, prioridad de paso, adelantamiento, cambios de dirección o sentido, circulación en sentido contrario al estipulado, paradas y estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculicen gravemente el tránsito, sin luces en situaciones de falta o disminución de visibilidad o produciendo encandilamiento al resto de los usuarios de la vía, circulación sin las autorizaciones previstas en esta Ley o sin chapa de
dominio o con vehículo que incumple las condiciones técnicas que garantizan la seguridad vial, realización y señalización de obras en la vía sin permiso, retirada o deterioro de la señalización permanente u ocasional y las competencias o carreras entre vehículos.

Infracciones muy graves: las infracciones a que hace referencia el número anterior, cuando concurran circunstancias de peligro por razón de la intensidad de la circulación, las características y condiciones de la vía, las condiciones atmosféricas o las condiciones de visibilidad, la concurrencia simultánea de vehículos u otros usuarios, especialmente en zonas urbanas y en prioridad de paso a peatones, o cualquier otra circunstancia análoga que pueda constituir un riesgo añadido y concreto al previsto para las graves en el momento de cometerse la infracción. La circulación sin el seguro obligatorio contra terceros, fuga después de haber sido partícipe de un accidente, contaminar el medio ambiente.

Se ha programado la intervención, como autoridad de juzgamiento, de los Juzgados Municipales que han manifestado su avocamiento en el marco de la ley, más los Juzgados Policiales, cubriendo de esta manera toda la geografía provincial.

Juzgados Policiales
Córdoba: Comisaría 16, Barrio Ferreyra.
Comisarías de los Departamentos Jesús María, Río Segundo, Villa María, Alta Gracia, Carlos Paz, L. V. Mansilla, Villa de María de Río Seco, Villa de Soto, La Falda, Mina Clavero, Río Primero, San Francisco, Marcos Juárez, Corral de Bustos, Laboulaye, Vicuña Mackena, Huinca Renancó y Oliva.
Comisaría Primera de Río Cuarto.

Juzgados Municipales
Malvinas Argentinas, Unquillo, Colonia Caroya, Río Ceballos, Montecristo, Oliva, Oncativo, Despeñaderos, Alta Gracia, Malagueño, Carlos Paz, La Calera, Lucio V. Mansilla, Quilino, Deán Funes, Villa de María de Río Seco, Cruz del Eje, Villa de Soto, La Falda, Mina Clavero, Brinckmann, Arroyito, San Francisco, Las Varillas, General Roca, Monte Buey, Corral de Bustos, Arias, La Carlota, Viamonte, Laboulaye, Santa Catalina, Río Cuarto, Berrotarán, Vicuña Mackena, Huinca Renancó, La Laguna y Bell Ville.

La Ley Provincial de Tránsito Nº8560 Texto Ordenado 2004 (o Ley 9169), es prácticamente imposible de encontrar de una manera accesible para cualquier persona que desee informarse rápidamente.
Mucho menos fácil de hallar fue el Codificador de infracciones (Anexo D de la Ley) que fue modificado de noviembre de 2008.

Ver también:

– Ley Nº8980 – Utilización de dispositivos reguladores y controladores del tránsito.

– Todas las leyes, decretos y reglamentos de tránsito de la provincia de Córdoba.

Teléfonos útiles
Caminera (0351 4287575)
Area de Finanzas de la Caminera (0351 4287126)

Fuente: La Voz y Gobierno de Córdoba (aunque hay que tener mucha paciencia para encontrar la información en la web oficial)

220 comments for “Control de velocidad con radares en las rutas de Córdoba – Lugares de control y costos”

1
Federido Builld

Estiamdos Todos.
creo que coincidimos:
1.- cual es el verdadero objetivo de las multas? RECAUDAR PARA LA CORONA. o alguno sabe de inaguración de escuela de conductores, o de ayuda a victimas de accidentes.
2.- Es una coincidencia macabra que primero se recauda en multas y luego se “implementa en los diarios” el sistema de puntos para infractores.
3.- SIEMPRE LA PROVINCIA DE CORDOBA CON SUS ASUNTOS INTERNOS/LEGALES/INSTITUCIONALES ADELANTADOS. será una INVITACION A NO IR.! será una manera de decirnos NO SON BIENVENIDOS, o lo que es peor, no me importa demasiado como manejas, sino lo que pueda recaudar con tus errores.
4.- observo demasiados “YO NO FUI” en este Blog. es la frase de cabacera de los argentinos. PERO TAMBIEN ES CIERTO QUE EL ESTADO NO TIENE LA SUFICIENTE EFICIENCIA Y CALIDAD INSTITUCIONAL PARA CONTROLAR, SIN ANTES HABER EDUCADO LO NECESARIO, SUFICIENTE Y POSIBLE.
5.- SR. es solo $dinero$, del mismo modo que lo implica el monotributo, el IVA, las retenciones. aportar sin el mismo tamaño de retorno.
6.- No creemos en la efectividad de la medida, los controles no cuentan con la tecnologia necesaria, hay un desconocimiento por las Normas de las partes, no existe posibilidades logicas de descargo (web, defensoria, Naranja MO, post celular de Visa).
7. creo que todos desconfian de todos, sino POR QUE NO PAGAR EN EFECTIVO, CONTRA RECIBO LAS MULTAS…. ahí se acaba todos compañeros.!!!!
jajaj. aunque no da RISA.
saludos

January 4th, 2011 at 10:12
2
sergio altamirano

Lo que le pasó a Leonardo en la que se le cruzó la caminera en su marcha, es común que lo hagan en cualquier ruta, una vez me quede sin liquido de frenos y rogaba que no se me cruzara uno de estos cosos en el camino porque lamentablemente lo iba a pasear unos cuantos kilometros y no iba a ser culpa mia solamente una falla mecanica y como dijó Leonardo son unos verdaderos espantaturistas.

January 5th, 2011 at 21:21
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