08
Oct 2009

Modelo de descargo de multa de la caminera por un foco quemado

Archived in the category: Policía Caminera

Estimados lectores, como bien saben los que me visitan desde hace más de un año, siempre que quieran contar con info fresca sobre la Caminera, acá pueden encontrarla.

En este caso les presento una multa que me hicieron hace unos días por tener un foco quemado en el auto.

De más está decirles que hasta me causa gracia todo esto. Teniendo en cuenta que cada día me llegan varios comentarios sobre multas, que tuve que ponerme a estudiar la norma varias veces para contestar dudas, que llamé personalmente a la caminera para averiguar cómo podían pagar las multas los residentes fuera de Córdoba y que la info que brinda este blog estuvo disponible UN AÑO ANTES que la web oficial de la caminera… créanme que no puedo más que reirme por no llorar.

En una reunión vial realizada en mi ciudad en donde se presentó Julio Ambrosio, quien promueve la campaña de Estrellas Amarillas, dijo que la Caminera lleva recaudados 50 millones de pesos desde su creación, que se labran un promedio de 2000 actas diarias y que cada efectivo tiene un “cupo” de al menos 15 actas por día para realizar.

Desconozco si esto es así o no, pero por los comentarios de los lectores, evidentemente se busca sancionar (y cobrar) donde no necesariamente hubo infracciones. Y esto funciona mucho mejor si se trata de gente que no es oriunda de la provincia y no quiere tener ningún problema de deudas.

Me parece que el gobierno en su afán de lucro indisimulable genera tres problemas graves:

– Deslegitima la acción de la Caminera: quien es multado por una causa leve o, como ha ocurrido, es apremiado sin que haya cometido falta alguna, empieza a ser el portavoz de lo mal que funciona la caminera con todos los que puede.

Una de las máximas del marketing es dar un servicio de calidad que evite que el cliente se queje. En este caso, el Estado hace todo lo posible para irritar a los ciudadanos para que reproduzcan que todo el cuerpo falla. Y esto no le sirve ni al policía que va a poner todos los días la cara en la ruta para hacer su trabajo, ni a la educación vial, ni a la aprehensión de buenos hábitos de conducción por parte de los ciudadanos que imaginan que de una forma u otra la policía buscará sancionarlos.

– El gobierno trata la ciudadanía como infractores por defecto: el hecho de que la gente le tenga miedo a la acción de la caminera es porque nos sentimos acorralados en el cumplimiento de normas que a veces nos exceden, como fue mi caso.

Puedo manejar dentro de los límites de velocidad permitidos, tener toda la papelería en regla, el auto en condiciones y demás; pero no puedo evitar que los imprevistos surjan.

Sumado a esto el Estado me impone obligaciones que no están contempladas en la ley. Según la caminera si uno tiene un foco quemado y lo cambia frente a sus ojos, se puede seguir circulando sin que se efectivice la multa. ¡Pero la ley en ningún lado dice eso! ¿Entonces cómo es la cosa?

– No brinda la información de manera clara y accesible: y este punto podría ser objeto de una denuncia contra el Estado.

Si la Caminera dice en su misión que su objetivo es educar a la ciudadanía, lo menos que se espera es que se haga disponible de manera clara, accesible y entendible para todo el mundo, las leyes y normativas y los modelos de descargo. ¿Por qué el estado no los publica? Es muy difícil poder armar una nota correcta de ese tipo si uno no es abogado o un entendido en la materia, y encima no sabe cuál es la normativa vigente (hay varias muy parecidas), es casi imposible que pueda redactar un descargo.

¿Es que acaso el Estado pretende que sólo los que hayan accedido a una educación universitaria puedan ser conscientes de su legítimo derecho de descargo?

Estas son sólo algunas preguntas que me hago, teniendo en cuenta lo que me cuentan lectores, amigos, conocidos y mi propia experiencia.

El estado no puede recaudar en nombre de la seguridad vial y que en nuestra provincia hayan muerto 400 personas en lo que va del año, entre ellos 23 niños.

El estado tiene la obligación, y esto también lo indica la ley, de presentar informes estadísticos sobre las multas que se labran y demostrar que con su actividad realmente se está haciendo educación y prevención. Y el resultado de esto sería que disminuyan multas y accidentes.

Creo que muchos nos sorprenderíamos al enterarnos que a cualquier gil le ponen una multa por una luz quemada de día pero que son escacísimas las realizadas por exceso de alcohol de día y de noche.

Antes de pasar al modelo del descargo, dos cosas:

– El municipio donde realicé el trámite me informó que no había un plazo para la resolución de mi descargo porque “están atrasadísimos los envíos de actas por parte de la caminera”. En un diario de hace unos meses leí que ese municipio tenía casi 10 mil multas atrasadas… Así que como Penélope, me sentaré a tejer mientras espero que algún día resuelvan mi descargo.

– La ley por la que se rige la caminera, y que figura en el comprobante rosa que entregan, es la 8560. Como indico en el texto, hay varias normativas que dicen más o menos lo mismo. Sin embargo en esa ley no dice nada sobre tener las luces prendidas de día, por lo que le sumé los artículos de la ley 9169.

Insisto: hay que tener mucha paciencia, alto nivel de comprensión de texto y perder mucho tiempo para armar un descargo porque la información es muy difícil de encontrar y de procesar si uno es un ciudadano común que no está metido en estas cuestiones.

– Sería bueno que si hay algún abogado que pueda verla y opinar al respecto me diga qué le parece, la verdad es que la hice sola con algunos datos aportados por los lectores en sus comentarios.

Modelo de descargo por focos quemados

Ref: Acta de Constatación Serie 0002 Nº XXXXX/XX

Señor Titular del Tribunal de Juzgamiento de Faltas

de la ciudad de XXXXX

Dr. XXXXX

S. ————–/—————–D.

Habiendo tomado conocimiento de la citación a comparendo en razón de la existencia de la causa que tuviera origen en el Acta de Constatación Serie 0002 Nº XXXXXX, en la oportunidad procesal prevista por el articulado de las leyes 9169, 8560, modificada por las Leyes Nº 9022 y Nº 9140, N° 8937 y N° 8980; vengo en legal forma a ejercer mi derecho de defensa por el presente escrito a solicitar mi sobreseimiento, de conformidad a las razones de hecho y de derecho que seguidamente expongo, todo de conformidad a la norma contenida en Ley 8560.-

La falta que se me imputa es la de circular con el foco derecho de mi vehículo apagado por la Ruta XXXX, a la altura del kilómetro XXX, el día XXXX a las XXXX.

I- ARTICULA NULIDAD

Comenzando con el análisis del acta de Infracción obrante en autos, la misma es nula, de nulidad absoluta, ya que dicho procedimiento presenta irregularidades que la invalidan como tal, por cuanto se han soslayado las exigencias del ordenamiento vigente.

En efecto la norma que rige el tópico es la Ley Provincial Nº 8560, ARTICULO Nº50 “USO DE LAS LUCES”, que indica que “En la vía pública los vehículos deben ajustarse a lo dispuesto en los Artículos 32 y 33 y encender sus luces cuando la luz natural sea insuficiente y las condiciones de visibilidad y del tránsito lo reclamen, observando las siguientes reglas:

a) Luz baja: su uso es obligatorio, excepto cuando corresponda la alta y en cruces ferro-viales;
b) Luz alta: su uso es obligatorio sólo en zona rural y autopistas, debiendo cambiar por luz baja en el momento previo al cruce con otro vehículo que circule en sentido contrario, al aproximarse a otro vehículo que lo precede y durante la noche si hubiere niebla;

A su vez, la Ley Provincial 9169, Sección Novena “Utilización de luces”, Artículo 74 “Uso obligatorio de luces” exige que “Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol, o a cualquier hora del día en rutas nacionales o provinciales en sus tramos interurbanos, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal “de uso obligatorio de luz baja”, deben llevar encendida y totalmente limpia la luz que corresponda, de acuerdo con lo que se establece a continuación:

a) La Luz baja, las luces de posición, y la luz de chapa de dominio, son de uso obligatorio y deben permanecer encendidas simultáneamente.

b) Luz alta: Se usa en lugar de la luz baja, cuando sea necesaria por razones de visibilidad, cumpliendo las condiciones de simultaneidad del punto anterior, estando prohibido su uso en zonas urbanas y cuando, en zona rural, haya vehículos circulando en sentido contrario, o se transite detrás de otro.

Dentro de las normativas de las leyes Nº8560 y Nº 9169, en los artículos 82 y 116, respectivamente, se nombran los casos EXIMIENTES. La autoridad de juzgamiento podrá eximir de sanción, cuando se den las siguientes situaciones:
a) Una necesidad debidamente acreditada.
b) Cuando el presunto infractor no pudo evitar cometer la falta. (Renumerado por Ley No 9022 – Antes Artículo 82).

Teniendo en cuenta este punto, solicito a este tribunal de faltas que me exima del pago de la sanción por los siguientes motivos:

a) En ninguna normativa de la ley se indica que una luz quemada del vehículo es una falta plausible de sanción.
b) La supuesta falta por mi cometida responde a un desgaste propio de un componente eléctrico del automotor y no a una intencionalidad de incumplir con la normativa;
c) La falla del faro no fue advertida por mi hasta ser detenida por el personal de la Policía Caminera, lo cual indica que se produjo durante la circulación sin que tuviera modo de advertirlo;
d) Al atravesar la comuna de XXXXX, el defecto en la iluminación no fue advertido por el control caminero de la citada comuna que realiza controles permanentes en el lugar; infiriendo por ello que el foco del vehículo se encontraba en funcionamiento.
e) Que el potencial de riesgo de accidentes por la disminución de visibilidad en la ruta debido al foco quemado de mi vehículo podría haberse eliminado utilizando las luces altas; acción prevista en el inciso “b” del artículo 74, de la Ley Nº 9169
f) Que el deber de llevar las luces encendidas estaba cumplido como pudo constatar el personal policial en los restantes faros del vehículo; y
g) Que si la falta que se me adjudica resultara ser tal, se encontraría tipificada como “leve”, ya que no se menciona en ninguna de las clasificadas como “Graves” o “Muy Graves”, infracciones descriptas en la citada ley en el Artículo 81 denominado CUADRO GENERAL DE SANCIONES.

II- PETITUM

Por las razones de hecho y de derecho expuestas, a S.S. solicito;

Me sobresea en la presente causa conforme a derecho, declarando nula el acta de infracción referenciada.-

174 comments for “Modelo de descargo de multa de la caminera por un foco quemado”

1
Yogiri

Que chanta. Andás con un foco quemado y te quejás. Argentinos de pura cepa. Son EXPERTOS en quejarse. Sabés que hubiera pasado si la caminera te dejaba pasar con el foco quemado y te matabas a los 2 Km? Todos se hubieran quejado que “la caminera es una irresponsable”. Y vos también lo hubieras hecho. Porque acá la gente es hipócrita. Cuando ocurren accidentes “ay, este gobierno que no hace nada”. Cuando el gobierno hace algo y OH SORPRESA!!! El factor que causa accidentes somos nosotros!! Ahí si, que gobierno hijo de puta.

La gente le tiene miedo a la caminera PORQUE TODOS MANEJAN MAL. Yo no le tengo miedo a la caminera, nunca me hizo ninguna multa y no creo que me la hagan si llevo todo en regla. Vos no crees que manejen mal? Hacé esto: andá a una esquina sin semáforos del centro e intentá cruzar siendo peatón. La ley dice que los vehículos deben frenar, pero NINGUNO frena. Sabés por qué? PORQUE NADIE SABE MANEJAR. Si no saben manejar, adiviná que hace la caminera? Les sacan multas.

Te das cuenta el laburo que te mandaste para NO PAGAR UNA IRREGULARIDAD? O sea, puedo entender si te sacan una multa por algo que no hiciste, pero vas CON UN FOCO QUEMADO! Al parecer vos no sabés manejar: cuando en ruta, uno ve un vehículo de lejos, puede calcular la distancia gracias a los focos. Si tenés uno solo, no solo los demás conductores no pueden saber a que distancia estás, sino que incluso te pueden confundir con una moto. Y PEOR si el quemado es el de la derecha, porque parece que la moto viene por el medio de la calle.

Pero bueno, al parecer en tu afán por quejarte del gobierno a vos te chupan un huevo los mas de 40 muertos por mes por accidentes de tránsito (que encima usás para atacar al gobierno, DIOS SANTO QUE CARADURA QUE SOS). Seguí haciendo las cosas mal y poné de excusa que el gobierno roba. Total como vemos te saliste con la tuya. Te ahorraste cuanto, 200 pesos? Bravo, te felicito! Acabás de dar el ejemplo de como evadir la ley! Te das cuenta de que ahora entre los chantas del gobierno y vos, la única diferencia es el monto que evade / roba? De donde yo vengo, a esa gente le decimos hipócritas.

Vos sos la clase de gente por la que me da vergüenza decir que soy argentino.

PD: No publiqués el comentario si no querés, ni me importa que alguien mas que vos lo lea.

October 8th, 2009 at 19:33
2
Dayana

Yogiri,
Tengo todo el derecho del mundo a hacerlo porque la ley lo permite (o sea, lo qe me decís de evadir la ley es la pelotudez Nª1 que tengo que leer) y porque esto fue una falta que OCURRIO A LAS 10 DE LA MAÑANA.

Pelotudéz Nº2: la policía si te deja pasar con el foco quemado, claro que después de hacerte la multa.

Por otro lado, un fallo eléctrico de un vehículo ¿qué tiene que ver con la habilidad o pericia en el manejo? Que yo sepa, nada. Pelotudez Nº 3 de tu parte. Estás mezclando dos cosas que no tienen nada que ver sólo para decir que vos sos el único vivo que se las sabe todas y que por eso nunca le hizo una multa la caminera. A mi tampoco me habían hecho una multa, ¿y? ¿Qué demuestra eso? ¿que manejo de X manera? ¿Vos manejás bien porque nunca se te quemó un foco? ¿Quién te dió el carnet? ¿Phillips? Tu razonamiento lógico es el de un criatura de 2 años.

Si no te gusta, no te cae simpático, no va con tus convicciones de lo que sea, es tu problema, no el mío. Cuando te hagan una multa por un foco quemado pagala y decile que se queden con el vuelto si te parece.

Pelotudez Nº 4: hacer una tragedia griega de algo que, si es una falta, es considerada “LEVE” por la ley y encima es algo involuntario y para peor lo estás leyendo en un blog, ni siquiera lo estás viendo en persona. ¿Todo te lo tomás a la tremenda, incluídos los problemas ajenos? ¿Cómo puede ser que una persona que se dice respetuosa, educada y “argentino ejemplar” deje un comentario anónimo atacando, maltratando y faltando el respeto a alguien que no conoce?

Es muy fácil putear a alguien dejando un comentario anónimo en un blog sin saber cuándo ha hablado a favor de la caminera.

Y como expliqué en el post, las ONG de seguridad vial también están en contra que se multe a las personas por estos temas menores.

Finalmente, nadie se mata en una ruta por un foco quemado, hay que ser muy pelotudo para sacar una conclusión tan liviana. Los que se matan lo hacen por no respetar indicadores de velocidad, por traspasar vehículos sin respetar distancias mínimas o hacerlo en zonas indebidas o por conducir bajo los efectos del alcohol, drogas o con somnolecia. Mirá las estadísticas y después decime cuántas personas tienen como causa de muerte un foco quemado del auto.

Así que pobre infeliz, a mi no me vengas a meter el pecho con moralinas, porque a los giles como vos que se creen más papistas que el papa les apruebo los comentarios para que la gente sepa que hay estúpidos para todo.

October 8th, 2009 at 19:45
3
Yogiri

Te cuento, por si no leíste lo que puse, que las luces en la ruta no son solo para iluminar la calle, sino para que los demás autos puedan calcular la distancia a tu coche. Es por eso que las luces deben estar prendidas tanto de noche como de día. Es la forma de reconocer un vehículo del paisaje. Pero bueno, son reglas de tránsito. Si te quejás por la multa que te sacaron no puedo esperar que las sepas.

October 8th, 2009 at 19:57
4
Dayana

No me quejo, utilizo la ley. Y la ley dice que cuando ocurran sucesos que sean causados involuntariamente (oh casualidad, por ejemplo que se te queme un foco en la ruta) podés ser eximido de sanción. El hecho ocurrió a plena luz del día, a 5 km de mi casa y lo de la luz baja se hubiera podido perfectamente reemplazar por la luz alta porque no ocasionaba encandilamiento a los demás conductores hasta que resolviera el problema (por cierto, si estás tan ciego como para no ver un auto que circula en dirección contraria en una ruta por se le quemó un foco, ni deberías estar habilitado para conducir, hablando de contrastar tus argumentos estúpidos).

A mi me pacere una actitud de mierda pretender basurear a alguien por el simple hecho de ser consciente que tiene derechos y que puede usarlos. Y peor cuando ni siquiera conocés cuánto ha hecho esa persona por promover conductas responsables.

Y encima tener que leer una pelotudez como “Vos sos la clase de gente por la que me da vergüenza decir que soy argentino”, ¡dejate de hinchar! ¿Quién te pensas que sos? ¿La reencarnación de San Martín y Belgrano? Patriota de pizzería de barrio sos más bien. O de los que dicen que aman a su país cuando la selección de fútbol hace un gol.
Hay que ser muy poca cosa para decir que el sentimiento de pertenencia a una nación pasa por lo que hace cualquier otro y no por los valores que uno mismo representa (que no deben ser tantos, teniendo en cuenta que no das ni tu nombre, como hace un cagón de medio pelo, ni escribís dando tu opinión sin enjuiciar las acciones ajenas sobre las que no tenés ningún derecho).
A mi me da verguenza que en Argentina pasen cosas mucho mas graves que el foco quemado del auto y que un infeliz con su orgullo patrio desconsolado por del foquito H7 que se le quemó al auto de una mina que ni conoce, que tiene un blog que en su puta vida leyó como para saber qué opina de la caminera.

Así que yo te aconsejaría que te vayas a decir pelotudeces a otro lado.

October 8th, 2009 at 20:17
5

Adhiero a lo que dice Dayana.
Sos un pobre guaso que se quiere hacer el moralista con una moralidad de morondanga.
Da tu nombre, un mail real y una opinión fundada y hablamos.
Guillermo Paz

October 8th, 2009 at 23:27
6
Fernando

Lo que da vergüenza es que mucha gente parece creer que tiene atributos superiores y juzga a los demás tan libremente.

October 9th, 2009 at 8:03
7
José L

creo que debe ser fiero tener que pasar por algo que se cree injusto, pero te diría que averiguaras bién porque en algun lugar de la ley he leido que es obligatorio el uso en rutas nacionales y provinciales. De todas formas puede parecer insignificante un foco pero son todas medidas de seguridad y todo ayuda. es cierto también que no se puede determinar un foco quemado de día, y que a pesar del acta se continúe circulando produciendo el mismo riesgo. si creo que han disminuido los accidentes, al menos lo veo reflejado en lo pobres bombero voluntarios que antes salian a los accidentes hasta 3 veces por día y que ahora a cambiado notablemente a 1 vez cada tanto. lamentablemente somo hijos del rigor. creo que es hora de que cambiemos la forma de pensar,ya que todos somos concientes de la necesidad de cumplir con las normas (no por plata justamente).

October 9th, 2009 at 18:34
8
María Isabel

Estoy de acuerdo con Dayana.
Yogiri…. tenés que leer el blog, antes de opinar.
Por otro lado no todo pasa por los $ 200,- sino que además de obligaciones, tenemos DERECHOS, y entre los derechos está el de DEFENSA, o sea que presentar un descargo es totalmente válido. Por otra parte si del mismo texto de la ley surge que:

La autoridad de juzgamiento podrá eximir de sanción, cuando se den las siguientes situaciones:
a) Una necesidad debidamente acreditada.
b) Cuando el presunto infractor no pudo evitar cometer la falta.

creo que Dayana, NO PUDO EVITAR COMETER LA FALTA, ya que a las 10 de la mañana, es muy difícil darte cuenta que se te quemó una luz, salvo que vayas tan pegado al auto de adelante que puedas ver que falta el reflejo de una luz, lo cual sería una inconciencia, ya que se debe mantener distancia con el auto de adelante.

Yogiri, disculpame pero creo que Dayana “te puso la tapa” con sus respuestas, sobre todo a lo del “patriotismo”.
En fin Yogiri, BAJA LOS DECIBELES y unite al grupo, TE FELICITO si manejás tan bien, si sos tan respetuoso de las leyes y de la vida, pero demostralo de una manera más EDUCADA, por favor.
Igualmente, abrazos a todos.

October 9th, 2009 at 21:51
9
Dayana

José,
Si leés bien el descargo está escrito qué pide la ley y que dice al respecto de las eximiciones.

Como bien dije en el descargo mi falta no fue incumplir la norma ya que tengo plenamente incorporado el uso de as luces bajas de día como hábito de seguridad en rutas. Y como si fuera poco desde este blog ayudo a difundir, asisto consultas y aporto mi granito de arena porque estoy plenamente comprometida con la promoción de la educación para la seguridad vial.

El tema que cuando se te quema un foco es algo que no podés prever ni evitar, es algo que no depende en nada de vos. El punto de tener un foco para cambiarlo es algo que no está escrito en la ley, por lo tanto no es obligatorio como lo hace aparecer la caminera. Obviamente, cuando fui a comprar el foco para reemplazar el que se me quemó, compré uno de más, lo dejé en el auto y aprendí cómo se cambia en caso de tener que hacerlo. Y eso obviamente es algo que es beneficioso, a la larga.

Por eso de alguna manera los de la multa me “dolió”, y no fue en el bolsillo, si no en el hecho de trabajar todos los días desde este lugar para informar, promover y defender la acción de la Caminera.

Y por favor que no se lea como que me siento con derecho a ser impune por esto, nada que ver. Es sólo que no hice nada de manera intencional y consciente para que suceda. No dependía de mi evitar que pasara. Ese es el punto al que me refiero.

Pero por otra parte, creo que es importantísimo que se adecúe el discurso de la caminera a su función, para que sea vista como un actor de promoción de educación vial y seguridad en las rutas y no como un ente recaudador.

Fijate cómo suenan estas dos maneras de abordar a un infractor:

1- La que utilizó la caminera conmigo:
“La multa es de $300 pero si la paga dentro de los 3 días es de $150 y si la paga a los 5 días es de $200. También puede optar por el descargo, pero si el tribunal de faltas se lo rechaza va a tener que pagar los $300.
Tiene que firmar acá.”

2- La que debería utilizar para adecuarse a la misión que enuncian en su página. Ya que estamos, está bueno repasarla:

Misión de la Policía Caminera de Córdoba

– Vigilar y mantener la disciplina del tránsito en general y seguridad vial.
– Custodiar las vías públicas de comunicación para desalentar toda actividad delictiva.
– Combatir la delincuencia armada, piratas del asfalto y el transporte terrestre de drogas peligrosas, en particular en rutas y caminos de mayor circulación.
– Ejercer actividad educativa preventiva hacia los usuarios de las vías de circulación.
– Vigilar el cumplimiento de la formativa legal sobre transporte de carga en general por rutas, en las vías de uso público.
– Controlar y supervisar los puestos camineros y segmentos de patrullaje desplegados en la geografía provincial.

Como vemos, según la misión, la policía caminera no está para poner multas, más allá que una de sus actividades operativas sea hacerlo. Y por qué me centro en este punto: necesitamos legitimar las acciones de la Caminera y exigir a las autoridades que este cuerpo se dedique a cumplir su misión: que controle, que haga cumplir la ley, que eduque; pero que también ponga el ojo en la delincuencia y en las faltas graves que suceden en las vías de circulación.

Los que viajamos por las rutas de la provincia en la noche sabemos que son escasos los controles nocturnos, y esto no debería ser así porque es la hora en que hay más riesgo de accidentes y mayor es el accionar de la delincuencia.

Mirá que distinto sonaría que digan esto ante una sanción como la mía:

“Esto se trata de una falta leve y es plausible de descargo. Te recomiendo que lo hagas, pero que también reemplaces la luz quemada y que incorpores el hábito de chequear las luces antes de salir de viaje y de contar con un repuesto para poder cambiarlo en caso de un imprevisto. Todo esto para brindarte mayor seguridad en la ruta. Nuestra misión es educar en seguridad vial para hacer las rutas más seguras.”

Fijate como cambia, cómo te quedás sin argumentos para quejarte, cómo te hacen pensar que está bien lo que hacen y cómo valorás su trabajo.

Y por eso también mi queja apunta hacia el Estado. El Estado, cuya cara visible es el gobierno de turno, es quien instruye a su personal en el Cómo se dicen las cosas. Y si analizás el Cómo, vas a entender el Por qué y cuál es el foco de atención.

En el ejemplo 1 todo se reduce a una cuestión comercial, en donde el oficial presiona para hacer que el infractor pague lo antes posible la multa mostrando que puede acceder a “descuentos”. Me pregunto ¿Por qué se hace una oferta de supermercado con una sanción vial? ¿Debería ser así? Cualquiera que haya estudiado lo básico de administración o marketing sabe que el descuento es un recurso utilizado para hacer atractiva una oferta y de esa manera inducir a la compra. Si esto le sumamos el “cuco” de que accediendo a la opción de descargo la oferta desaparece, se vuelve aún más atractiva ¿O no?

Por eso es que somos muchos los que decimos que la Caminera se presenta en muchas ocasiones como una maquinaria recaudatoria del estado.

Pero el problema de esto no es la gente sino el estado mismo, que elige que sea así, que no escucha a las ONG de seguridad vial, que no cumple con la misión que se propone y que se pone en contra de la gente que dice que desea cuidar. Para producir cambios que se hagan carne en los conductores, es totalmente válido utilizar acciones pedagógicas en positivo. Sancionar sin educar no sirve, no suma, no contagia, no hace que haya más personas que valoren lo que se hace bien (y de verdad que es mucho, porque si no no apoyaría a la Caminera como tantas veces lo he hecho).

Por eso también abro este espacio para la discusión y para la reflexión. No gano nada con quejarme y descargarme puteando. Pero si transformo lo que no me gusta en ideas, en voluntad de aportar, en sugerencias, en acciones proactivas como ciudadana, creo que se enriquece y que mucha gente puede resultar favorecida.

Y creo que los que más se lo merecen son los buenos policías de la caminera que de verdad tiene vocación por su trabajo y se sienten orgullos de lo que hacen.

María Isabel,
Gracias por sumarte, sos una de mis lectoras preferidas por tu activa participación y tu forma respetuosa de dirigirte siempre. Pero no se los digas a los demás, no sea que se pongan celosos, jajajaj.

October 10th, 2009 at 13:14
10
jose el pajaro

1)No tengo dudas que el objetivo numero uno de la caminera de la provincia de cordoba es el de recaudar, despues vienen los de seguridad y lo digo con conocimiento de causas, tengo familiares policias en el control caminero, y ellos tienen que llegar a un minimo de multas labradas por mes si no llegan les recargan adicionales sin goce de sueldos.
2)las multas todas estan correctas, porque somos todos hijos del rigor pero creo que deberia haber otro criterio de aplicacion sobretodo a los montos, no es lo mismo venir sin el cinturon puesto que tener una luz baja quemada a las 10 de la mañana, eso puede ser un imprevisto ocurrido despues de haber salido de se viaje y por lo tanto deveria ser un monto menor, tambien lo digo con conocimiento de causa porque soy viajante, llevo focos arriba del auto, los eh cambiado en el lugar si no no te dejan seguir (caminera la curva, ruta nº19 Arroyito) y me aplicaron la multa igual.
3)Y el sistema de control es netamente recaudador porque en las horas o dias menos rentables no existen los controles, tengo un compañero de trabajo que tiene 5 hijos y vive en la ciudad de Villa Allende, y que tiene la hermana y la madre en Rufino viaja a visitarla en la noche porque no hay ningun control y asi pueden viajar los siete en el auto

October 11th, 2009 at 9:36
11
Dayana

José,
Buenos datos los de tus familiares policías y no hacen más que confirmar lo que es la realidad, desgraciadamente.
Me preocupa lo de tu compañero de trabajo, es un riesgo enorme el que corre viajando con sus hijos de esa manera.

October 11th, 2009 at 14:28
12
Guillermo M

A todos,
Hace dos semanas me paso igual que a Dayana. Hice un descargo no tan bueno como el de ella, pero manifestando mas o menos las mismas condiciones, el cual no fue aceptado dado que las pruebas que yo presente no dicen que la infraccion que me actan este fuera de la ley.
Ahora estoy basandome en el descargo de Dayana para hacer un nuevo descargo esta ves a la Direccion de prevencion de accidentes de transito.
Mientras estaba en la policia buscando la resolucion de mi primer descargo, conversando con otro “supuesto infractor” le comente lo que me habia pasado con tono de chiste, por que no es que me falten los $170 para pagar, si no que me sobra el tiempo cuando de mejorar la ciudad se trate,, y me contesto con tono serio que yo habia cometido una infraccion! y que debia pagar!!. y el se estaba quejando por que dice que cuando la caminera lo freno el apago las luces para poner las balizas!! jaja. Sin comentar nada me fui.
Y me fui pensando que iba a hacer. Como iba a ser mi proximo descargo. y al pasar por otro puesto de la caminera pensaba, si el policia que me hizo la multa Of. Juan Pajon, cuando me detiene, luego de revisarme 100 veces todas las luces del auto, me hubiese dicho: “Sr. prenda las luces altas y circule al taller mas cercano, luego valla a tal lado para verificar que se reemplazo la luz y se deja sin efecto el acta que le voy a hacer” yo hubiese ido directo a un taller a cambiar la luz y de ahi directo a donde me indico a regularizar mi situacion y listo.
De ahi en mas todas las veces q me subiria al auto revisaria 100 veces todas las luces, chequearia las luces encendidas antes de subir a la ruta y realmente estaria orgulloso y hablaria con respeto de la policia.
Eso es educar!!
Ami no me hacen nada los $170 los puedo pagar sin ningun problema, pero pagarlos para pagarles mas y que se le suba mas la nariz a estos jueces y demas que viven de esto.
Mientras estaba en la policia el juez Fabian Angel Velez aclama: “Yo no vivo de las multas”. A ese señor le pagan por educar a la gente??? Lo unico que hace es rechasar quejas para que la gente pague. Entonces SIII Sr Velez, si vive de las multas dece cuenta!!
Gracias y despues les comento como me fue.

October 14th, 2009 at 13:23
13
Dayana

Damián,
Muy interesante tu comentario. Creo que al “colega infractor” que te retó yo me le hubiera reído un poco en la cara al conocer el motivo de su infracción. 😀
El juez que mencionás ¿a que ciudad pertenece? El señor juez se olvida que las ciudades reciben un porcentaje de plata de las multas que llegan por los desacargos, en la ley está claramente indicado y, si mal no recuerdo es del 40% del total (sin los descuentos). Entonces este señor y su municipio están más que interesados en la entrada de dinero fresco que las mismas le provean.

Si bien el punto de educar en prevención es solo inerente a la Caminera, se supone que un juez debe administrar la justicia basandose en la ley y no en su parecer personal o en sus conveniencias… por lo tanto, si el descargo está dentro de lo que la ley ampara, quien se considera infractor debería ser eximido de pago.

Creo que habría que promover que las multas leves sean pagadas con algún tipo de trabajo comunitario en lugar de con dinero. Se está devolviendo algo a la sociedad, cumpliendo con la sanción y se deja de poner en duda el espíritu de la caminera en cuanto a los cobros. Suena medio utópico considerando la necesidad de plata de algunos sectores, pero creo que podría funcionar.

October 14th, 2009 at 14:18
14
Diego Baselica

Que lindo blog..felicitaciones Dayana
Me lei todos los comentarios, porque este fin de semana me pusieron una multa por ir sin las luces bajas.
Puedo decir que soy de los que usan las lucens bajas prendidas cuando nadie mas las usaba y cuando los otros conductores me hacian seña que las tenia prendidas indicandome con la mano que era un gil.

Bue, la cuestion que pare en la autopista Cba-VMaria a cargar gas, y tenes que apagar todo y bajarte. y cuando sali de nuevo a la ruta me olvide por completo.
15 Km mas adelante… chan.. caminera, a un costado y yo trankilo porque como siempre tengo todo bien pense que era control de papeles.

Nada de eso, $170 mangos por las luces apagadas.

La verdad que ni me calente, porque sabian que tenian razon.
En algo el doy la razon al “puritano” que las luces sirven muchisimo para identificar a los autos de frente A TODA HORA.
y si bien, me podria haber puesto a discutir, de que sentido tiene de andar con las luces bajas en una Autopista que no viene nadie de frente y nadie necesita saber si viene un auto o una moto, me calle y me fui silbando bajito.

Con respecto a que se te queme un foco,como le paso a Dayana, ahi si creo que me calentaria, porque tal como se dice, es algo involuntario que en el 99% de las veces te lo comes de arriba porque no te enteras hasta la noche que le apuntas al garage.

Mas alla de los comentarios, de que si es con fines de recaudación o no, que se puede estrar disutiendo toda la vida, creo que somos la mayoria buenos manejadores, pero no buenos conductores.
Creemos que nos las sabemos a todas y “normalmente” cuando podemos hacer la facil la hacemos y me incluyo porque por mas que me considere prudente, tengo mis momentos que me mando cosas que se que estan mal.

Creo que lo bueno para la sociedad seria que cada uno haga una autocritica y que las autoridades ademas de controlar y sancionar EDUQUEN, sino de aca a 10 años vamos a estar igual, porque el dia que no este la caminera mas en la calle cada uno hace lo que quiere.

Y eso se refleja muy bien en la ruta a la nochecita, cuando ya la gente sabe que no estan mas, ves que te pasan a 160 como si nada.

Con lo del foco quemado estoy inflado, asi que como recomiendan me voy a comprar un foco y al banco a pagar la multa.. chau y suerte

Diego = Diego – $170 (osea varios asados menos)

October 19th, 2009 at 10:56
15
Dayana

Diego,
De acuerdo al 100% con tu comentario.
El gobierno también tiene que hacer su autocrítica con algunas cosas de la caminera.
Y no te preocupes por los asados menos, pensalo como una ayuda de la caminera para que no te suba el colesterol 😀

October 19th, 2009 at 15:32
16
José L

HOLA A TODOS!!!!
Ahora hablan de la caminera pero tengan en cuenta que el sistema de trabajo que utilizan no difiere mucho al del resto de las instituciones. El tema del pago voluntario es algo que está instrumentado en general (por supuesto si haces el descargo perdés el derecho del pago voluntario)y es parte de los derechos que tiene como lo es el descargo. Los horarios de trabajo son similares son similares al de otras entidades. Creo que ocurre es que el sistema está mal cuajado de por si, y que el concepto por el que no cambia es que los gobernantes utilizan la inseguridad vial (llamelen infracciones, accidentes o como quieran)como medio de ingreso de dinero, porque sino se ubieran generado campañas masivas de prevención o concientización para que nos convenzamos todos de cumplir con las normas por cuestion de seguridad y no por miedo a pagar una multa. Por mi parte siempre trato de fomentar a que cumplamos las normas por nuestra seguridad, para que al mismo tiempo no permitamos que los que manejan la ley con malas intenciones logren los beneficios económicos que buscan.
Desde ya agradecido por permitirme este espacio, tan bueno para el debate, siempre en un ambiente de respeto por lo que piensan los demás, y consolidar o cambiar nuestra forma de pensar.
saludos…
José

October 21st, 2009 at 19:47
17
Dayana

José,
De acuerdo en lo que decís de respetar las leyes y a la caminera… pero en la parte de “Los horarios de trabajo son similares son similares al de otras entidades” debo discentir: como policía que son tienen la obligación de hacer su trabajo 24 hs del día y los 365 días del año porque es su función. No son empleados de un banco, no son oficinistas, no son maestros… son funcionarios encargados de custodiar y prevenir accidentes y delitos ¿O acaso para las fatalidades hay horarios?
En estoy días voy a subir un audio del comisario de la caminera para resolver algunas otras dudas frecuentes.
Y a todos, gracias por su participación 🙂

October 21st, 2009 at 22:31
18
José L

Por eso mismo digo que el sistema está mal cuajado de por sí. Justamente comparto de que no hay horario para las fatalidades y durante la noche se producen la mayor parte de los accidentes y los mas fatales, pero también hay que saber de que si utilizan el mismo sistema que la policía común, no estoy de acuerdo de que una persona tenga que estar en actividad 24 hs (por más que después pueda descanzar 48 hs y que en que en realidad terminan haciendo adicionales o recargas durante ese tiempo de descanso). No debemos olvidar que son justamente personas y que cuentan con ciertos límites picofísico que para mi entender pierden atención y eficiencia. Creo que todo debería programarse de otro modo, como ser de tres turnos para que puedan cubrir las 24 hs (se necesitará más personal tal vez, pero la eficiencia me parece que será mayor sin reventar al nadie). Pero bueno si el objetivo es la recaudación como pienso que hacen los gobernantes (que son los que tienen la vatuta aparentemente), lo que menos van a tener en cuenta es la seguridad y el bienestar de la sociedad. Por eso pienso de que si nadie nos cuida, aunque parezca dificil y feo tenemos que aprender a cuidarnos nosotros mismo, que gran parte de ello es respetando la normas (en el buen sentido), y de esa forma demostrarles que la seguridad vial no es un negocio (sin faltas, no hay multas).
Saludos…
José

October 22nd, 2009 at 19:24
19
Fernando

José, justamente lo que manifiesta mucha gente (como en mi caso) es que sin haber falta, hay multa (trucha).
Si te mandaste una macana, a llorar a la iglesia. Pero y si no te la mandaste y te acusan, amenazan, etc?
De acuerdo con vos en que no hay que pretender nada de nadie, cada cual debe aportar su granito de arena.

Saludos.

October 23rd, 2009 at 10:15
20
Dayana

Les quería comentar un dato que me enteré hace pocos días mediante esta nota en un diario local de Jesús María:

“Hace ya un tiempo, un vecino de esta ciudad [Jesús María] acumuló un número importante de contravenciones a las normas de tránsito y las autoridades municipales decidieron aplicarle duras sanciones.
El Juzgado de Faltas le suspendió la Licencia de conducir y le exigió que, cuando cumpliera la pena, aprobara un examen teórico-práctico y se sometiera a un test psicológico. Sólo si “rendía” bien todo lo que se le pedía se le volvería a dar el carnet.
Para sorpresa de las autoridades involucradas en el caso, sin precedentes en la zona, desde hace unos días conduce libremente porque cambió su domicilio a Colonia Caroya y su Municipalidad le otorgó la Licencia.
Este vecino de Jesús María podría haber obtenido su carnet en Colonia Caroya sin ni siquiera cambiar su domicilio, porque la nueva Ley Provincial de Tránsito no exige que una persona gestione su licencia en su lugar de residencia estable.
Esa es una de las tantas causas por las que Jesús María no adhirió a la legislación, a la que le hace numerosas críticas porque, inclusive, su operatividad da lugar a sospechas de un gran negociado detrás de una letra que parece rigurosa, tanto que crea 53 señales verticales de tránsito y añade cuatro colores a la señalización horizontal, entre otras cosas.”

October 23rd, 2009 at 12:14
21
José L

hola Dayana, Por teoría si se podría sacar en cualquier lado de la provincia mientras se tenga el domicilio dentro de la provincia, pero una falta realizada en cualquier lado de la provincia al sacar la licencia saltaría, sea donde sea. Pero claro en la teoría porque si no me encuentro mal informado, todavía no esta funcionando la base de datos (el RePAT) y como ya dije “todo sigue mal cuajado”, ya que fue un desastre desde un principio (poner a trabajar los controles sin haber juzgados que atiendan).
Por otro lado, como es eso de las señales?
Saludos…
José

October 24th, 2009 at 19:03
22
Dayana

No sé como es el asunto de las señales, habría que ver la ley.
Lo que no entiendo es por qué crean señales si existe un estándar internacional para esas cosas.

October 26th, 2009 at 12:06
23
José L

Olvidé decir que siempre el municipio que esté adherido a la ley puede entregar la licencia de la provincia y en la condiciones que expresé. A mi me parece bien una medida así (siempre que esté todo funcionando) porque sino te artás de hacer falta en una localidad, y despues te cambiás a otra con la cuenta en cero (como pasó ahí en Jesus María). Algo muy similar se está pensando hacer a nivel nacional que sería estupendo para mí con la suma de los carnet por puntos. Con respecto a las actas inventadas, dejenme darme el placer de pensar que “la verdad simpre prevalece” (sino me demoronan el mundo).
Doble saludos…
José

October 24th, 2009 at 19:12
24
Pablo

Hola Dayana.queria saber si tenes un modelo para hacer el descargo porque me hicieron una infraccion por pasar un ciclomotor que venia a 30 km con doble linea lo cual me parese ridiculo.Desde ya te agradezco muchisimo y muy bueno la pagina, es de mucha ayuda.

November 17th, 2009 at 23:18
25
Dayana

No, eso es muy específico.
Saludos

November 17th, 2009 at 23:20
26
Guillermo M

Hola, dayanaa, soy Guillermo escribi hace unos meses comentando como me habia ido con mi primer descargo por la lampara quemada. Ahora te cuento que estoy esperando que me contesten mi segundo descargo ya en la “Direccion de prevencion de accidentes de transito”. En esta oficina trabajan aprox 10 o 12 chicas que dudo que sepan algo de prevenir un accidente de transito. Y me dicen que para saber mi sentencia tengo q hablar con la jueza que trabaja despues de las 12 y hasta la semana pasada no estaba. En un rato voy a volver a llamar.
Pero lo que queria saber es como te habia ido con tu descargo. Te lo aceptaron? lo rechazaron? seguis en la pelea o te diste por vencida? (cosa que pense varias veces por que es tan engorroso hacer tood esto que estoy haciendo que por $170 no vale la pena ya. Pero ya estoy voy a hacer todo lo que se pueda hacer gratis.
Saludos
Guillermo

November 18th, 2009 at 11:24
27
Dayana

Guillermo,
A mi me dijeron cuando lo presenté que me iban a enviar una notificación a mi casa. Mi apuesta es que en un año, con suerte, quizás me envien algo.
Relajate y esperá que se muevan ellos, vos ya hicise tu parte. Como bien decís, los que se tienen que ocupar de cobrar son ellos, así que laburar no les va a hacer mal, jajaja.
Saludos y gracias por volver 🙂

November 18th, 2009 at 11:37
28
leandro

hola mi consulta es por una multa de vialidad nacional por tener exceso en la carga del camion. me negue a firmar la multa. se puede hacer un descargo y evitar el pago de la multa y que te restituyan la carga decomisada

December 21st, 2009 at 15:55
29
Dayana

Leandro,
No lo creo.

December 21st, 2009 at 15:58
30
Eduardo

Dayana,
Cómo estás? Quisiera saber si tenés algún modelo de descargo (o si puedo usar el mismo) para una infracción por no tener la luz de stop. Honestamente ignoraba esa situación, fue un fusible o el bulbo ya que ninguna prendía. Multa y me dejaron seguir, no entiendo mucho este sistema de educación (no sería mejor tener talleres asociados y que si vas ahi y arreglas el problema no te pongan la multa?)
Gracias! Eduardo

January 6th, 2010 at 11:20
31
Dayana

Eduardo,
Calculo que se puede adaptar este modelo.
Saludos!

January 6th, 2010 at 14:45
32
guillermo

hola a todos, hace una semana me detuvo la caminera porque tenia una luz que no funcionaba, la cosa es que toque los cables y la luz volvio a funcionar, pero el policia me hizo el acta lo mismo, ahora tengo que hacer una carta de descargo y enviarla a la localidad que fue el control y esperar la resolucion !!!! tengo entendido que si se repara el desperfecto cuando nos detiene la caminera no me tendrian que haber echo el acta . tengo una bronca terrible por estas personas de la ley que no tienen idea de como hacer su propio trabajo !! ahora dependo del humor de ellos para que decidan si pago o no la multa (que de seguro me van a decir que la pague ) La bronca de todo esto es que cada vez que vemos el control policial (caminera) tenemos que cruzar los dedos para que no nos detengan y nos encuentren la 5 pata al gato y nos hagan la multa, porque algun defectito te encuentran ahi nomas.

January 9th, 2010 at 0:34
33
sergio altamirano

Estoy de acuerdo con guillermo por más que reviso el auto antes de salir a la ruta cada tanto te encuentran algo que se puede deber al desgaste propio de una lamparita o de la parte electrica del automotor, yo trabajo en córdoba y vivo en el interior es horrible pasar 4 puestos de la caminera todos los dias donde un poco mas y te controlan si tenes lisas las zapatillas, la verdad ya no me quedan ganas de salir a la ruta pienso que en realidad son espantaturistas ya que sigo viendo gran cantidad de accidentes en la ruta, hace dos semanas en el cruce alto fierro hubo un accidente con la caminera practicamente en frente, cruzan el puesto de la caminera y a los pocos metros cruzan la doble linea amarilla la imagen de la policia caminera no creo que sea bien vista cuando ves que solo se persigue un fin recaudatorio, cuando vea un cambio de actitud de esta policia como circular por la ruta custodiando y no estando parados buscando la multa facil, enseñando y educando antes que multar ahi recien creere en este organismo. espero este cambio de actitud por el bien del turismo y de la seguridad de los que circulamos en la ruta para que de una vez por todas empiecen a bajar los accidentes.

January 20th, 2010 at 22:31
34
Dayana

Chicos, el lunes a la 1.30 de la madrugrada un movil del CAP (un Siena creo que era) venía por la ruta 9 norte con un foco quemado, eso sí, las balizas las traía puestas. La otro día de la multa esta que subí, me crucé una S10 del CAP en el mismo lugar que me hicieron la multa, tipo 19.30 con un foco quemado. ¿Qué pasa con el Cap? ¿No tiene que cumplir la ley como cualquiera?

January 21st, 2010 at 11:05
35
Lili

Quisiera me expliquen que se considera tramo interurbano en una ruta provincial.

Desde ya muchas gracias

February 25th, 2010 at 17:53
36
marcelo

Hola ,quiero decirles que lo unico que se puede hacer despues de pgar la multa es ir al tercer piso de la jefatura de policia en la ciudad de cordoba y presentarles una queja directamente al oficial que labro el acta, seguro se come una suspencion o una quita del premio a fin de mes

March 2nd, 2010 at 22:48
37
Dayana

Marcelo,
¿Y eso en qué te cambia a vos? ¿En que jodés a otro porque te “jodio” a vos?
Seamos un poquito adultos para resolver nuestros problemas, los policías de la Caminera son la cara visible de un negociado del gobierno.

March 3rd, 2010 at 14:45
38
Fabio

Una preguntita ¿si no se el nomnre del juez me tengo que llegar al lugar de hacer el descargo prara preguntar? o no pongo nada.

¿el descargo se firma abajo?

March 9th, 2010 at 14:29
39
germam

hola chicos, el dia 10/03/10 me hicieron una multa en laboulage porque tenia las bajas apagadas, venia con las de posicion y los faros de profundidad encendidos, el agente que me hizo la multa aclaro que que: circula con las luces bajas apagadas (de posicion encendidas), puedo hacer un descargo por esto?.me hicieron la multa el 10, hasta que dia tengo tiempo de pagarla?, que pasa si no se paga?, muchas gracias por todo

March 22nd, 2010 at 21:05
40
sergio altamirano

hoy en ruta 5 terrible accidente de un renault 12 en plena recta en el lugar estaba la caminera, ¿cuando empiezan a bajar los accidentes?

March 23rd, 2010 at 21:50
41
Marcelo

mi consulta es la siguiente:
el sabado a la noche me hicieron una prueba de alcoholemia que di{o negativa, el oficial me preguntó si habia tomado algo y yo le contesté que sí, que había tomado un vasito de vino en la cena pero que lo había hecho hacía más de 2 horas. Entonces me dijo que tenía que repetir la prueba, y sabés que? la otra prueba dió positiva. los aparatos esos que usan, están calibrados bién? yo me podría haber negado a firmar la multa? Cómo hago el descargo? Gracias.

March 26th, 2010 at 15:02
42
leoksado

day muchas gracias no sabes como me sirve esto, me han hecho un acta por que viajaba en la ruta 17 y se me quemo la luz delantera de mi motito $198.80 son mas caraduras… ademas el agente que me detuvo, DEMARCO ANDRES, estaba fumando y hablando por celular al momento que me explicaba que me tenia que hacer un acta.
te agradezco nuevamente por molestarte en hacer esta carta, me sirve mucho. gracias, leo./

March 30th, 2010 at 13:03
43
hugo

hace 10 me pusieron multa por foquito de luz baja quemado tengo 40años era de dia sabia que no lo tenia sano encendi altas era unica ruta mis hijas esperaban demasiado ingenuo un boludo ,soy persona de bien y laburo todo dia en hospitales pero el sentido comun no sirvio, pobre guaso el poli tal vez le ocurra que en 20 años el estado le curra como hoy a mi /la guita que da droga alchol goza de zona liberada de pplicia …asi nos va..

April 5th, 2010 at 19:19
44
Guillermo

Llevé el descargo a la calle Spilimbergo (Cerro de las Rosas) me dijeron que tenia que esperar 20 dias habiles para recibir una respuesta. A alguien le respondieron estos decargos? les cobraron menos? o mas? cualquier comentario es util.
Saludos, gracias.

April 12th, 2010 at 14:29
45
Dayana

Guillermo,
Justo el finde ordenando papeles encontré la copia del descargo este. Desde el 1° de octubre que la presenté todavía no tuve una respuesta de ningún tipo. Así que quedate tranquilo, no pasa nada.

April 12th, 2010 at 21:46
46
Mariano

Ya adapté el descargo para la “luz e freno derecha sin funcionar”. Además el Agente Lucas Torres consigno en el acta que mi auto es azul, y mi auto es verde. Le voy a adjuntar al Juez una foto del auto. Espero que sirva de algo. Sino espero 3 años que creo que prescriben. ¿Qué pensás de lo del color del auto, me servirá?

April 19th, 2010 at 21:58
47
Dayana

Mariano,
Lo del color no cambia sustancialmente nada porque es un dato menor.
Igualmente, seguro te sirve este modelo para adaptarlo a tu caso.
Saludos!

April 20th, 2010 at 15:50
48
Nestor

Del 1al 4 de Abril salimos desde mi ciudad lINCOLN en caravana solidaria, donde llevamos donaciones en un camion lleno con acoplado a los pueblOs de Argentina, PAlo Negro, Malbran, Villa Union ,Las Viboritas, Santiago del Estero y Napenay Chaco, en total 850 km algunos amigos y yo en moto, parte del grupo regreso a Lincoln recorriendo otros 850 km .. mi hermano , un amigo y yo continuamos viaje3 hacer la hoja de ruta para la proxima que sera Antofagasta de la Sierra a unos casi 3900 mts de altura,, a que viene todo esto les quiero explicar tengo una moto mondial 250 cm,, con todos los papeles al dia , patente, v.t.v, numero de patente en el casco , llevaba el chaleco fluor con el n de patente etc.. todo para no tener ningun problema,, continuamos por la ruta 34 , fuimos hasta La banda Santiago del Estero, de ahi cruzamos a Frias, recreo la guardia,chumbicha , aimogasta, belen, corral quemado, Barranca Larga , El Peñon y por Ultimo mi Objetivo antofagasta de la Sierra,, regreso a los dias por el mismo lugar con la diferencia que tenia que ir a Villa Lucio Mansila a ver la direc. de la escuela muy umilde por que en Octubre le llvamos donaciones,,cuando salgo de el lugar me para la caminera El Cabo Navarro Hector , me trata no de muy bien, me pide el registro se lo entrego y me dice bajese de la moto, voy a la oficina por que me pide que lo acompañe, veo que toma un talonario, le pregunto que va hacer , y me contesta una infraccion ,, le pregunto por que ,, por que viene con la luz reglamentaria apagada, le digo, no lo savia, pero una luz esta prendida, si pero la reglamentaria no ,,le digo pero tengo todo hasta el v.t.v que nadie casi lo tiene , chaleco, todo, me contesta usted ocupese de lo suyo, yo me ocupo de lo mio ,, esta bien conteste muy enojado ,, la verdad, por que pasaban otras motos con la luz bien, pero sin v.t.v, sin chalecos , y continuaban viaje,, entonces en ese momento me preguntaba , vengo de recorrer 3200 km no me isieron una infraccion, llevo todo en orden y por la luz que se quemo , por la vibracion de la moto , a mi hermano se le quemo tres veces en el viaje ,, me hacen una infraccion y luego siga, continue viaje con la misma luz pase otras camineras no me dijeron nada y no me dio la posibilidad de poner luz alta que estaba funcionando ..aqui tengo la infraccion en mis manos .. me dijo que hisiera el descargo en mi ciudad el 23 de Abril hoy fui al juzgado, me dijeron que no pueden cobrar nada y que tengo que hacer el descargo en Cordoba,, la verdad ni idea que hacer, no viajare a Cordoba tengo 600 km .. y lo mas lindo que recorri 3800 km fue el unico problema , al cual no me dio ninguna oportunidad,, llevando el 99 % de mis cosas en regla … me quiero morir ,,,por que son tan desiguales las cosas… saludos y gracias ..

April 24th, 2010 at 2:19
49
Marcelo

Dayana y amigos:
Muy bueno y útil el post y la mayoría de los comentarios, incluso el del anónimo defensor de lo indefendible.
Hay un punto básico que tal vez estemos perdiendo de vista, el instituto legal de la “Presunción de inocencia”. Este es quizás uno de los mayores garantes constitucionales del derecho a la defensa y el debido proceso o lo que es lo mismo decir, de nuestra libertad personal. En lo que a las actas de infracción se refiere, este derecho es conculcado por el mismo procediemiento policial: Al no ser necesaria la presencia de testigos o cualquier otro método objetivo de prueba en contra del supuesto infractor, la palabra del personal policial adquiere un caprichoso carácter de fedatario público. Esto implica convertir mágicamente a cada agente, cabo o sargento de la policía caminera en una especie de escribano público pero que no corre el riesgo de perder su matricula ante un error involuntario o no… saquen uds sus propias conclusiones!!!
Quienes vivimos en el interior provincial conocemos además un efecto adicional que deviene de la discrecionalidad otorgada al personal de la caminera: Las ventajas y/o desventajas del conocimiento personal entre policias y conductores. Como ejemplo les cuento que casi por una cuestión de servicio, además de ejercer mi profesión, soy docente de un par de materias en el último año de un colegio técnico. Hace unos meses atrás y mientras atravesaba un control en la ruta, me detiene un joven cabo que casualmente era ex alumno mío y al que mandé a rendir exámen varias veces. Me saluda sonriente, me pregunta si lo recuerdo y acto seguido me pide tarjeta verde y carnet porque me tiene que labrar una infracción por llevar las luces apagadas. Le muestro que están perfectamente encendidas (que lo estaban) y me responde que las acabo de encender al llegar al puesto de control. Obviamente me indigno y le digo que es un resentido cometiendo una injusticia, apelo al otro agente del control y me responde “yo no ví nada: es su palabra contra la del cabo xxx”. A esto me refiero con discrecionalidad derivada de la inversión de la carga de la prueba (en lugar de que el Estado pruebe mi culpa, yo debo probar mi inocencia) y de la suspensión caprichosa de la presunción de inocencia. Es justo destacar que esta alteración del orden jurídico también produce efectos contrarios en los pueblos del interior: Si te toca un policía amigo podés venir a 300km por hora que jamás te vá a hacer una infracción.
Es necesaria la acción policíaca de control de las rutas, jamás me opondría a eso. Pero también es necesario mejorara los métodos de prueba y constatación de las supuestas infracciones protegiendo los derechos consitucionales de cada uno.

May 18th, 2010 at 10:26
50
Dayana

Marcelo,
Es verdad lo que decís. Si es la palabra de él contra la tuya en algo tan chiquito como una multa, imaginate en un hecho de gravedad ¿Qué podrías esperar de la policía?

May 18th, 2010 at 14:35
51

Gente, les dejo un descargo que supe hacer a una clienta mia por multa por exceso de velocidad detectada con radar.
Otro día cuelgo algún otro…espero que les sirva.

FORMULA DESCARGO
REF. ACTA DE CONSTATACION Nº 0382754/7

Sr. Juez de Faltas
Maria José Martinez, titular registral del automóvil XXXXXXX, conforme lo acredito con fotocopia D.N.I y de Titulo de Automotor, por derecho propio, constituyendo domicilio en calle xxxxxxxxxxx de la ciudad de xxxxxxxxxx con el patrocinio letrado del xxxxxxxxxxxxxxx, ante el V.S comparece y dice:

1.- Que en tiempo y forma viene en producir el descargo que la Ley Provincial Nº 8560, modificada por las Leyes Nº 9022 y Nº 9140 y 9169 me autoriza contra la supuesta infracción relacionada, la que desde ya IMPUGNO Y RECHAZO en forma total y absoluta atento a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer:
En principio es preciso poner en conocimiento de V.S que con fecha 30/03/09 habiendo comparecido en tiempo y forma al Juzgado de Faltas de “La Calera” tal como lo ordena el Acta de Infracción que en este acto se impugna, fui informada por la Sra. Daniela F. Bustos, Encargada de Faltas, de la Municipalidad de la Calera, que ese tribunal había decidido apartarse del conocimiento de las presentes actuaciones, ordenando concurrir ante quien corresponda, suspendiendo los términos hasta tanto la Dirección De Prevención de Accidentes determine el Tribunal competente, tal como lo acredito con constancia adjunta.
Por las razones expuestas, el presente descargo se realiza por ante el juzgado correspondiente a mi domicilio particular, sito en la ciudad de Oncativo tal como lo establece y permite el Art. 109 de la Ley 9169, que reza: TERRITORIALIDAD/INTERJURISDICCIONALIDAD: Todo infractor será juzgado por el Juez competente registrado ante la Autoridad de Aplicación que corresponda a la jurisdicción del lugar de comisión de la infracción, o el que determine la Autoridad de Aplicación.
Cuando el infractor se domicilie a más de sesenta (60) kilómetros del asiento del Juez competente que corresponda a la jurisdicción del lugar de comisión de la infracción, tendrá derecho a tramitar su descargo en la justicia de faltas de la jurisdicción que corresponda a su domicilio, siempre que dicho juzgado este registrado ante la Autoridad de Aplicación, conforme a esta Ley.

DESCARGO
Niego en forma terminante y categórica la supuesta infracción que se me imputa, – “CIRCULAR A VELOCIDAD SUPERIOR A LA PERTMITIDA CONSTATADA CON CINEMÓMETRO STALKER Nº LSO 8000 A UNA DISTANCIA DE 2111MTS. CIRCULA A 121KM/H” – según Acta de Constatación Nº 03827754/7, firmada por el oficial Inspector Andrés Aguirre OT 218, por ser la misma falsa, maliciosa, improcedente y nula de nulidad absoluta e insubsanable debido al incumplimiento de los requisitos formales que impone la legislación vigente.
La utilización de de estos dispositivos requiere del cumplimiento estricto de las leyes y reglamentos que en su consecuencia han sido dictados, normativa ésta que ha sido violada en forma flagrante por la autoridad de control. Doy Razones:
La ley 8980, que regula en forma específica la utilización de los dispositivos reguladores y controladores de tránsito establece en su Capitulo II, Articulo 7º, 8 y 9 el régimen de autorizaciones, requisitos para el otorgamiento de las mismas y registro de los fabricantes, proveedores e importadores.
Niego en forma terminante que se haya cumplido con lo dispuesto por los Articulos referenciados supra, niego que el Municipio de Falda del Carmen haya gestionado la autorización para la instalación de cinemómetros por ante la Autoridad de Aplicación, más precisamente la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Defensa Civil y Seguridad Vial del Ministerio de Seguridad, como así también que la autoridad de Control de la Provincia de Córdoba – Policia Caminera- tenga la autorización correspondiente de la Autoridad de Aplicación
Niego que se hayan cumplido los requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones, niego que el dispositivo Marca STALKER Nº LSO 8000, utilizado por la Policia Caminera que constató erróneamente mi supuesta infracción, tal como surge del acta respectiva, esté HOMOLOGADO y CERTIFICADA SU CALIBRACIÓN por ante Metrología Legal – Ley Nacional 19.511- tal como lo establece el Art. 8, Inc. “d” de la Ley 8980.
Niego que se haya cumplimentado la Inscripción en el padrón confeccionado por la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, la que comunicará al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (REPAT) la designación realizada.
Niego que el fabricante, importador, representantes y proveedores del mencionado cinemómetro marca STALKER Nº LSO 8000 se encuentren inscriptos en el Registro de Antecedentes de Tránsito de la Provincia de Córdoba, tal como lo establece el Art. 9 de la Ley 8980.
Niego que el modelo STALKER Nº LSO 8000, se encuentre habilitado y practicada su verificación primitiva por ante el I.N.T.I.
Al contrario, afirmo enfáticamente que según los registros del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, el único modelo de cinemómetro Marca STALKER LIDAR que se encuentra habilitado es el Nº DE SERIE 76134 – CODIGO DE APROBACIÓN DNCI Nº 871/03, Y NO EL Nº LSO 8000, (Utilizado en la falsa constatación), registro y listado que acompaño en este acto a los fines de su comprobación.
Todas estas circunstancias lógicamente me hace afirmar que el dispositivo utilizado en la constatación de mi supuesta infracción NO ES APTO PARA TAL FIN, POR NO CUMPLIR CON LAS HABILITACIONES NECESARIAS, por lo que su utilización y comprobación devienen en arbitrarias, contrarios y violatorios de la ley vigente, y en virtud del Art 502 del Código Civil “La obligación fundada en causa ilícita es de ningún efecto. La causa es ilícita, cuando es contraria a las leyes o al orden público”.
No quedan dudas por lo manifestado precedentemente que se ha violado en forma grosera la ley que regula la utilización de estos dispositivos, razón por la cual deberá V.S declarar NULO todo el procedimiento y archivar las presentes actuaciones.
Desorientado ya por las irregularidades que se cometieron por el Inspector Andres F. Aguirre- OT 218 – como así también por la Autoridad de Aplicación, he advertido que el Acta de Constatación Nº 0382754/7, en la que se consignó falsamente mi supuesta infracción, TAMBIEN ES NULA DE NULIDAD ABSOLUTA, ya que, no cumple con los requisitos impuestos por la legislación vigente para su validez.
Concretamente, el Art 11 del Decreto Reglamentario 447/04 – Reglamentación de la ley 8980 – Anexo “A ”, establece que en el acta de infracción debe constar la identificación del aparato de medición de velocidad utilizado en el control, la fecha de vencimiento de su calibración y el número y/o datos de su registración en la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito.
De la simple lectura del Acta referenciada, curiosamente se advierte que no se ha consignado la fecha de vencimiento la calibración y los datos de su registración por una simple razón: EL DISPOSITIVO UTILIZADO NO ESTA REGISTRADO, POR LO TANTO NO TIENE REALIZADA Y CERTIFICADA SU CALIBRACIÓN, MUCHO MENOS REALIZADA SU HOMOLOGACIÓN ANTE METROLOGIA LEGAL, LO QUE TORNA A SU UTILIZACION Y AL ACTA DE CONSTATACION, EN NULA DE NULIDAD ABSOLUTA E INSUBSANABLE. Así lo pido y así lo concederá, en un todo conforme con lo dispuesto por el Articulo 24 de la Ley 8980 que expresamente dispone: “La inobservancia a la presente Ley o su reglamentación por parte de cualquier autoridad y que conlleve al cobro compulsivo de multas por sí o por terceros, en todo tiempo y lugar, producirá la nulidad absoluta de lo actuado en torno a la supuesta infracción detectada”.
No quedan dudas respecto a la deficiencia e irregularidad del dispositivo utilizado en la constatación de mi supuesta infracción. La velocidad que éste aparato particular adjudicó a mi conducción fue de 121 km/h.
Ahora bien, entendiendo que existen sobrados motivos para declarar la nulidad de todo lo actuado por graves irregularidades denunciadas, debo agregar uno más de carácter teorico –práctico, para lo cual me he tomado el atrevimiento de informarle a VS que los equipos cinemómetros que utilizó la Policia Caminera al momento de levantar en mi contra la infracción que en este acto se impugna- STALKER LIDAR, Fabricado en EE.UU, miden, según las especificaciones técnicas que se adjuntan al presente, con un error experimental de mas – menos +1,6km/h, -3,2km/h, por lo cual la medición que realizaron sobre mi vehiculo, se encuentra dentro del margen de error que el dispositivo sufre, ya que no puede diferenciar entre 120 y 121 km/h.
En el mismo orden de ideas, siempre fundando mis dichos en las especificaciones técnicas, su alcance máximo de medición es de 1200mts y una divergencia de Haz: > 3 ± 0,5 mrad FWHM, lo que indica que a la distancia de medición límite (1200mts) tiene una zona dentro de la que se producirá tal medición de 5 metros por lo que si otro vehiculo se encuentra cercano, delante, o detrás a una distancia de 5 mts, el radar no está en condiciones de diferenciar a ambos vehículos tomando una lectura errónea.
Si tomamos en cuenta la distancia consignada en el acta de constatación desde la cual se tomó mi velocidad (2111 mts), casi el doble de la máxima establecida en las especificaciones, NO HAY DUDA QUE EL REGISTRO DE LA VELOCIDAD DE MI VEHICULO TENDRÁ ERRORES SUPERIORES A 1KM/H, máxime, reitero, si se evalúa su precisión de velocidad y margen de error de la misma antes referenciado.
Como es de público conocimiento soy una víctima más del ejercicio abusivo de autoridad e incumplimiento de los deberes del funcionario público (Art. 248 del Cod. Penal), Esto no sólo importa la comisión de los delitos señalados precedentemente, sino también encuadraría en la figura de la Estafa genérica y Enriquecimiento sin causa cuya reserva dejo formulada en el presente para ser deducida en la oportunidad que decida y por ante la autoridad que corresponda en caso de aplicárseme la supuesta sanción que impugno.
La presencia de un Inspector Municipal, implica sin lugar a dudas, resguardar las normas de tránsito en primer término, previniendo a los conductores respecto de cualquier error, pero jamás pueden ser usadas estas normas, con fines pecuniarios por la Entidad Provincial o sus delegaciones en su aplicación.
Fundo mi descargo, en el carácter exclusivamente pecuniario que tienen las actas de infracción labradas, en la inobservancia y violación de la ley específica en la utilización de estos dispositivos, en la violación de las normas formales de procedimiento, normativas que fulminan con la declaración de nulidad absoluta las inobservancias a sus disposiciones.
Estos elementos señalados son más que suficientes para que V.S analice pormenorizadamente el acta de infracción labrada por el inspector de Transito; y para el caso de resultar evidente el abuso de autoridad, aplique las sanciones administrativas correspondientes, no a este inocente conductor sino a quien corresponda.
Por estas razones de hecho y de derecho y por la falta total de pruebas que prima facie acrediten la infracción señalada, pido en forma expresa y categórica, se declare la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, haciendo reserva de las demás acciones, sean de orden administrativo , civiles y/o penales que correspondan, en caso que el resultado de mi descargo sea adverso.-

En espera de una justa apreciación de los hechos descriptos, SOLICITO acoja la impugnación en la medida y con los alcances señalados con reserva, reitero, de mi parte de formular por ante la autoridad competente las denuncias penales que hagan a mi derecho, sin perjuicio de las que ya tengo para deducir ante el Defensor del Pueblo.

PRUEBA:

Documental: – Fotocopia de Acta de Constatación Nº 03825754/7.
– Fotocopia de Especificaciones Técnicas del Cinamómetro marca STALKER LIDAR.
– Fotocopia de listado y Registro de Dinamómetros habilitados y aprobados por el I.N.T.I. (Fuente: sitio web del mencionado Instituto)
– Fotocopia concordada de Constancia de comparendo por ante la Justicia de Faltas de la Calera, firmada por la Encargada de Faltas de la Municipalidad de dicha localidad.

Informativa:
– Solicito a VS libre oficio al Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) a los fines de que informen circunstanciadamente si el modelo de cinemómetro marca STALKER LSO 8000 se encuentra aprobado y habilitado por esa dependencia, en cuyo caso determine la fecha de aprobación, fecha de vencimiento de calibración y/o cualquier otro dato relevante a los efectos de determinar su operatividad, efectividad y prescisión.
– Libre oficio a la Dirección de Metrología Legal, a los fines de que informen y acrediten si el modelo antes descripto se encuentra homologado por esa dependencia, y en caso afirmativo fecha de esa refrenda, dependiente de la Secretaria de Industria, Comercio y Minería de la Nación.

Costas:
En caso de que VS resulta favorablemente mi pretensión, dejo desde ya solicitado la misma se haga con expresa imposición de costas, debiendo regular los honorarios profesionales del Dr. Milton Naranjo Frappa de Acuerdo a lo establecido en el Código Arancelario para abogados y procuradores – Ley 9459, Art. 36, 39, 100 y Concordantes.
Por todo ello al Sr. Juez de Faltas pido:
Me tenga por presentada, con el domicilio constituido, y por efectuado el descargo en tiempo y forma. Ordene dar trámite a la prueba ofrecida y en definitiva declare la nulidad de todo lo actuado, con expresa imposición de costas, debiendo notificarme al domicilio constituido dicha resolución.-

SERÁ JUSTICIA

May 24th, 2010 at 9:25
52
diego

Buenas. No hace mas de una hora que me labraron una multa en una situacion muy particular, que voy a intentar explicar a continuacion. Viajando yo con mi madre que me habia pedido que maneje porque se encontraba agobiada por un dia largo, a las 20 hs aproximadamente de Cordoba a La cumbre por la ruta provincial 38, a la altura del monumento de la bandera, situado a orillas del lago san roque, 10 kilometros antes de llegar a Bialet Masse. En ese lugar uno se encuentra justo despues de una curva no muy pronunciada con un semaforo y a continuacion con un puesto de los muchachos de la caminera. Circulaba a una velocidad moderada porque vale mencionar que mi querida progenitora se torna verde a altas velocidades, cuando antes de la mencionada curva me encuentro con un camion de gran envergadura. Despues de disminuir la velocidad drasticamnete a aprox. 30km por hora, que creo no esta permitido circular tan despacio, me dispongo a encontrar el momento oportuno para adelantarlo. Luego de la anteriormente mencionada curva el camino se torna recto, por lo que espero hasta cruzar el semaforo, constatar q habia linea simple y que tenia distancia suficiente con el auto que venia muy lejos en direccion contraria por la otra via y decido adelantarme. Luego de pasarlo sin ningun sobresalto, me dispongo a retornar a la via de la derecha, en eso alcanzo a divisar conos entre las vias y un auto de la caminera debajo de un arbol. Ante esta situacion y para evitar tumbar los conos, acelero mas para superar la distancia que cubrian los conos, ya que a todo esto el auto de la via contraria ammenazaba a una distancia todavia prudencial, pero amenazaba al fin. Resulta que el auto de la caminera no tenia las luces de la sirena prendidas y que por la falta de luminosidad, por estar debajo de un arbol, no divise el auto hasta estar muy cerca del el. Los conos no los observe debido al voluminoso tamaño del camion que me acotaba parcialmente la visibilidad. Cuestion que en el siguiente pueso, la caminera me detine hasta que arriba el oficial ante el cual yo habia acelerado, el mismo estaba particularmente ofendido y me queria llevar en cana por maniobra peligrosa. Despues de superada la histeria inicial y bajo mis vehemntes pero respetuosos intento de explicar lo acometido, optó por no mandarme en cana pero levantarme una multa (400$ pago inmediato o una gran suma a pagar algun dia), por cruzar en doble linea. Es en este punto en el cual necesito asesoracion para hacer un decargo, cuando yo comienzo a adelantarme claramente no habia doble linea, ahora bien caundo quiero retornar inicialmente no habia doble linea pero como tuve que recorrer 50 metros más por la via contraria, cuando finalmente logro retornar a la via correspondiente piso doble linea. En el contexo anteriormente mencionado y bajo las particualaridades de lo acontecido como realizo el descargo ?

May 28th, 2010 at 22:31
53
Dayana

Diego,
Se ve un poco complicado el relato, pero calculo que tomando lo que contaste y adaptándolo a los modelos que deraron otros comentaristas, podría andar.
Y dicho sea de paso, la Caminera anda buscando cobrar las multas que no se pagaron, así que veremos si finalmente resuelven algo con la mía (y los quiero ver si van contra la ley y me quieren cobrar lo del foco quemado!).

May 28th, 2010 at 23:48
54
anaro

hola gente..re interesante todo lo q lei!,a mi marido le pusieron una multa, con razon! eso no lo niego,por tener luces de pos. y no baj por situaciones de la vida no la pudimos pagar y este mes me llego una intimacion de pago con un total de 800..puede ser tanto?? si era de 170.. y no a pasado ni medio año??? plis ayuda.. un consejo algo?? gracias!!!

June 2nd, 2010 at 0:52
55
Dayana

Anaro,
Actualmente el gobierno provincial ha lanzando un prgrama para cobrar las deudas por multas que nunca se pagaron y, según lo que se dijo a los medios, a quienes no hayan pagado en su momento se les cobrará la multa en su totalidad con los nuevos precios.
Por el momento es todo lo que sé.
Saludos!

June 2nd, 2010 at 10:58
56
anaro

Muchas gracias…por el dato, vere como soluciono esto,por lo pronto me voy a dirijir al tribunal de faltas de la caminera y ver qu consigo…
Saludos a ti!!!

June 2nd, 2010 at 20:31
57
LUCIANA MARTIN

BUENAS BUENAS DAYANA:
NECESITO DE TU AYUDA Y QUIZAS SEAS MI SOLUCION A MI DOLOR DE CABEZA… CIRCULABA CON LA LUZ DEL SOL A PLENO DIA EN LA LA LOCALIDAD DE VILLA ALLENDE(PROVINCIA DE CORDOBA) Y ME PARA LA CAMINERA X UN CONTROL… ME PIDE EL CARNET DE CONDUCIR Y DEMAS DOCUMENTACION SE LAS ENTREGO SIN NINGUN PROBLEMA Y ME HACE NOTAR Q LLEVABA LAS LUCES DE POSICION Y NO LAS LUCES BAJAS…CON LO CUAL ME LABRA EL ACTA Y ME NIEGO A FIRMARLA YA Q LA MISMA ADUCIA Q “CIRCULABA SIN LUCES, ART. 74 INC. 1” CUANDO EN REALIDAD ALGO DE LUZ TENIA ENCENDIDAS. PASADO VARIOS MESES CASI UN AÑO ME LLEGA DIRECTAMENTE UNA CEDULA DE NOTIFICACION (DE LA COMUNA DE UNQUILLO)PARA ABONAR UN IMPORTE DE MAS DE $800 NINGUNA OTRA ANTES ME LLEGO. LA MISMA CONTIENE SOLO MIS DATOS DE NOMBRE, DNI Y DOMICILIO. NO AGREGANDO EL DIA DE LA ACTA EL LUGAR, ETC. Y Q ESTOY EN REBELDIA Y DE NO ABONAR ESE IMPORTE ME NIEGAN LA RENOVACION DEL CARNET DE CONDUCIR, ESTO ME PERJUDICA DOBLEMENTE YA Q SOY REMIS LEGAL DE CORDOBA CAPITAL Y PRONTAMENTE SE ME VENCE EL CARNET. ASI Q T IMAGINAS COMO ESTOY!!! X FAVOR Q DEBO HACER: EL DESCARGO, PAGARLA, NO PAGARLA???? X FAVOR NECESITO LO ANTES POSIBLE DE TU AYUDA!!! GRACIAS MUCHAS GRACIAS Y BESOS

June 3rd, 2010 at 3:40
58
Dayana

Luciana,
Supongo que tenés que hacer un descargo en el caso de lo de Unquillo, pero tenes que leer bien qué dice, ver quién te envía la multa (huelo a que hay muchos estudios de abogados que se están haciendo su verano con las comunas que quieren sacar unos pesos extra después de la intimación de la caminera).
En cuanto a lo de la Caminera, la ley dice claramente que deben ser las luces bajas. Lo que hay que ver es dónde te hicieron la multa, si fue en una ruta o si fue en una calle del ejido municipal.
Según me han dicho, si la ruta pasa por el ejido municipal, los habitantes de esa ciudad deberían usar las luces encendidas cada vez que pasen por allí (pensemos que hay muchos pueblos de la provincia que están cortados por una ruta y que para sus habitantes es una calle mas y circulan varias veces por día por ahí).
Saludos!

June 3rd, 2010 at 15:30
59
Roberto

Dayana como estas?, quería preguntarte que repuesta recibsite del descargo que hiciste por la multa de las luces apagadas, porque a mi me pasó lo mismo y estoy en duda si hacer el descargo o pagar directamente. Saludos

July 7th, 2010 at 9:28
60
Dayana

Roberto,
Sigo sin recibir ninguna respuesta a casi 10 meses de haber presentado el descargo.
Saludos!

July 7th, 2010 at 13:53
61
Roberto

La verdad que no sé que es lo mas coneviente, a mi me multaron porque se me apagó la luz a la salida del peaje camina a Carlos Paz y con el sol que habia no me di cuenta y a los metros me multaron, la verdad que la caminera solo le importa recaudar y no actua como ente preventivo. Te hago otra pregunta, yo solo tengo el comprobante del acta que me labró el agente y me dijo que me iba a llegar algo a mi casa y haste el momento no me llegó nada, me conviene esperar o hacer el descargo?

July 7th, 2010 at 19:55
62
Dayana

Roberto,
Cuando te labraron la multa debieron preguntarte si optabas por el pago o por el descargo y lo que hayas elegido consta en el acta.
Saludos!

July 7th, 2010 at 23:50
63
guille celiz

como hago para saber sobre una viejas multas que no pague de la maldita caminera !!!! Y si los puntos del carnet que te sacan, algun dia te los devuelven o sino, tarde o temprano nos van a sacar el carnet a todos los que diariamente nos manejamos por las rutas y que somos victimas de la caminera, que por una cosa u otra te sacan multa por lo que a ellos se le ocurra nomas !!
Y no tenemos manera alguna de defendernos, lo unico que logran es robar a la gente. POR FAVOR SAQUEN A LA CAMINERA !!!!

July 8th, 2010 at 22:35
65
marta

hola dayana te cuento que hace un año y medio me isieron una muta x llevar la luz vajas apagadas pero llevava la luz de estop encendidas x la ruta a calera.a los 3 diasde del hecho hisimos un descargo.el 19 de julio me llego un acta con la resolucion que tengo que pagar 996,70 de multa pero si la pago me hacen el descuento 529,10.que ago ya que nunca resivi nada desde que me hicieron la dichosa multa.me entere que no soy la unica son mas de 200 personas que estan en la misma posicion que yo.mi gran problema es que no guarde ni la multa ni el descargo echa en su momento,te dire que mientras esperava que me trajeran la multa pararon a un auto que ni luces ni cinturon traia y lo dejaron ir si fuera todo justo directamente devieron detener y retirarlo de circulacion pero claro siempre hay un tonto que pagen x ellos.desde ya mil gracias

August 2nd, 2010 at 13:19
66
Dayana

Marta,
Supongo que tendrás que resolverlo en el tribunal de faltas, pero si no guardaste los papeles de las notificaciones lo veo complicado.
Eduardo,
En el formulario de comentarios claramente consigno que no se pueden dejar emails, por lo que tu comentario fue eliminado.
En La Voz están haciendo una not al respecto y podés enviar tu historia http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/pretenden-cobrar-%E2%80%9Cextranas-multas%E2%80%9D-de-la-policia-caminera
Saludos!

August 2nd, 2010 at 16:19
67
Eduardo

Dayana,
Disculpas que agregué una dirección de mail, no hubiera tenido problema que simplemente suprimas ese dato y mantengas el mensaje.
Tengo un problema similar al de Marta, pero con el agregado que en realidad no cometí la infracción. Entiendo que hay varios casos como el mío según reza en: http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/pretenden-cobrar-%E2%80%9Cextranas-multas%E2%80%9D-de-la-policia-caminera
Acabo de mandar mail a La Voz del Interior por dicha nota y le puse este texto:
“En mi caso recibí una notificación declarando que estoy en rebeldía y exigiendo el pago de una multa por circular con las luces apagadas (similar a los otros casos, monto $900 y se puede pagar hasta el 28/8/2010 con un descuento del 50%).
Obviamente no corresponde esta multa, por eso me puse a buscar casos similares.
Algunos detalles de mi caso:
– Nunca me detuvieron en la ruta a La Calera, tampoco circulé con las luces apagadas.
– No figura información del vehiculo, hora, etc.
– Si bien tengo una obra en La Calera, solo voy los fines de semana a controlar ya que trabajo en la ciudad de Córdoba de lunes a viernes (la fecha que figura es el lunes 19/07/2010). Es imposible que haya circulado ese día por esa ruta, puedo verificar con mis tarjetas de ingreso laboral.
– Pueden cobrar esta multa sin haberme detenido y sin tener un acta firmada?”

Como me sugerirías continuar?
Gracias. Eduardo

PD: Si no te parece agregar la url de LaVoz y piensas que este mensaje puede servirle a alguien puedes cortar partes innecesarias. Abrazo.

August 2nd, 2010 at 16:33
68
Dayana

Eduardo,
La verdad no sé, supongo que es similar a lo de La Calera.
Saludos!

August 2nd, 2010 at 19:55
69
Raul Juarez

Hola Dayana, queria queria preguntarte y solicitar tu ayuda,pues he sido victima de una injusticia y abuso por parte de un efectivo de la policia caminera, te comento: sali de mi trabajo y me dirigia por circunvalacion (ruta nacional A019 km I hora 14:20) desde el aeropuerto hacia la pritty, adelante mio iba otro vehiculo como a 4 metros mas o menos y atras un bora gris casi pegado por pasarme, resulta que se cambia de carril y se da conque estaba un puesto de la caminera y enciende las luces y en vez de sobrepasarme se vuelve a colocar detras mio y al llegar al puesto de control me hace a un costado un policia que luego de manera prepotente me pregunta de donde venia y por que venia con las luces bajas apagadas a lo que le respondo que venia con las mismas encendidas, el me dice que las encendi 70 mts atras, y le digo que no que el que venia con las luces apagadas era el auto de atras, y de manera mas prepotente me pide tarjeta verde y carnet de conducir se los doy y ahi me dice que me iba a hacer una multa por circular con luces bajas apagadas y que el juez y que si me quiero quejar que vaya a hacer un descargo a espilinbergo 3656, despues que confecciono la multa no se la queria firmar y me amenazo con que me iba a detener, te juro que lloraba de impotencia ante este h de p con vision bionica, desp me vuelve a dar el talonario para q lo firme y le pongo que venia con las luces encendidas y se puso como loco, que como iba a poner eso ahhi que era un documento publico, despues me dijo que firmara porque me iba a detener asi que al final con mucha impotencia por temor la firme, en realidad le puse mi apellido nomas,me la dio y riendose me dijo que vaya a hacer el descargo, a todo esto el otro policia estaba controlando otro auto blanco mas adelante que el mio unos 6 mts el que se fue antes que yo pues habia sido detenido antes. Bueno espero me ayudes a hacer el descargo, te pido que me facilites un modelo para poder dejar sin efecto esta cobarde, abusadora e injusta sancion impuesta a mi persona por este canalla, si te sirve de algo, soy productor asesor de seguros y que por una cuestion de educacion personal y etica profesional, jamas circulé ni circularia adrede con las luces bajas poniendo en riesgo a terceros y a mi mismo. Desde ya muchas gracias Dayana.-

August 8th, 2010 at 23:02
70
Dayana

Raúl,
La verdad no puedo resolver casos particulares de cada persona. Fijate en la ley que está linkeada y en el modelo de ésta, y tratá de armar tu descargo (que es lo que yo hice con el mío, no soy abogada ni nada, simplemente usé el sentido común).
Mañana voy a publicar algo sobre el defensor del pueblo y los casos de la caminera, por ahí eso también te sirve.
Como siempre les digo a todos: NO DISCUTAN CON LOS OFICIALES DE LA CAMINERA, UDS SIEMPRE VAN A SER LOS “CULPABLES” Y ELLOS JAMAS VAN A RECONOCER QUE SE EQUIVOCARON O QUE ACTUARON MAL. Entonces sean vivos y sigan a todo que si, firmen (o no) y después hacen el descargo.
Saludos!

August 9th, 2010 at 16:15
71
MartínRC

Hola Dayana, muy bueno tu blog, realmente admito que es un “trabajo” hacerlo y mantenerlo. Como soy abogado, quería hacer mi pequeño aporte sobre el tema. 1) Me preocupa muchísimo la cantidad de accidentes de tránsito que hay, y aplaudo cualquier acción que se realice para prevenirlos; 2) Concuerdo con vos en que la acción que realiza la policía caminera es recaudatoria y no preventiva, porque como bien dicen todos los que postearon, hacen multas por pavadas, pero resulta que las causas más frecuentes de accidentes son el cansancio, la noche, el consumo de alcohol, etc y rara vez vas a ver un control de alcoholemia o un control sobre colectiveros y camioneros para ver si cumplen las horas de descanso reglamentarias; 3) Respecto a los descargos, lamento desilusionarlos, pero rara vez son acogidos porque primero, la palabra del policía vale más que la del ciudadano común, segundo, los jueces de faltas necesitan recaudar; 4) Es cierto lo que decís con respecto a que es muy difícil hacer un descargo si no sos abogado, por lo cual cada persona deberá evaluar si le conviene contratar a uno o hacerlo uno mismo o no pagar la multa y arriesgarse. Pueden ver algunos aportes míos al respecto en la siguiente página: http://www.portaldeabogados.com.ar/foros/viewtopic.php?f=3&t=30402

August 9th, 2010 at 20:29
72
Dayana

Martín,
Muchas gracias por tu aporte y si, el blog es un trabajo (trabajo sin las comillas, por algo Afip me cobra el monotributo y todo!).
Te dejo dos consultas que han sugido últimamente:
1- ¿Qué sucede cuando alguien se niega a firmar una multa? ¿Cambia en algo la situación del infractor?
2- ¿Qué sucede cuando una multa firmada contiene errores? Me han referido casos donde está mal puesto el sexo del infractor, el color de vehículo, donde no se ha asentado en un radio de 60 km el jusgado de faltas para hacer el descargo y hasta con faltas de ortografía! ¿Alguno de estos elementos erróneos invalidan el acta? (tengo entendido que si, según la ley) ¿Qué corresponde hacer? ¿Presentar el descargo en el tribunal de faltas más cercano o nada?
Saludos!

August 9th, 2010 at 20:46
73
Dayana

Ariel,
Tenés que consultar la legislación bajo la cual te aplicaron la multa.
Pero circular sin seguro es ilegal.
Saludos!

August 12th, 2010 at 17:01
74
Alejandro Avellaneda

Muy interesante los diferentes testimonios y los aportes que he leido hasta aquí ..gracias a gente como Dayana que no se deja “meter la mano en el bolsillo” es que podemos defendernos de ciertas injusticias ( o intentarlo al menos ) como las que esta cometiendo la policia caminera actualmente en Cordoba bajo las ordenes de nuestro gobernador y sus secuaces ….Soy de Cordoba Cap…..a mi me pasó hace una semana ( martes 10/08 – 11:00 Hs. ) que saliendo de la localidad de Villa de Soto en direccion a Cba Cap. por la ruta 38 me para un móvil de la caminera apostado a la vera de la misma y el oficial actuante en ese momento me solicita los papeles correspondientes a un control de rutina…luego de dárselos me pide que me estacione al costado para labrarme el acta de infraccion por tener una luz baja quemada….cabe aclarar que yo había ingresado a dicha localidad el mismo día y procedente de Cba por la misma ruta , pero tres horas antes, apenas amaneciendo y pasando por el mismo control que horas despues habría de detenerme y en ese momento (8 Hs. aprox. ) no lo hizo, por lo que es fácil de deducir que en ese lapso las luces debieron de estar funcionando bien ( de hecho , desde Cba Cap. hasta Va. de Soto pasé mas o menos 8 controles de la Caminera y ninguno me detuvo ). En el momento de hacerme la multa le expongo que tengo el repuesto y/o reemplazo del foco ( como siempre lo hago , ya que soy viajante de profesion y cuido mi auto mas que Sledge Hammer a su arma!!)y me dice que “lo cambie si quiero ” (¿?)pero que igual me va a hacer la multa….. y conteniendo la catarata de insultos que bregaban por escaparse de mis amígdalas le pregunto por que me hace la multa igual si en otros controles similares en toda la provincia cuando me ha pasado lo mismo ( y no por desaprension , ya que de dia es imposible darse cuenta cuando un foco deja de funcionar )y me dejaron solucionar el problema in situ y seguir sin multarme , este joven oficial me refiere que : “…eso de cambiar el foco y seguir es cuestion de cada control …y que ellos estan bajo la orden y jurisdiccion de un jefe policial de Serrezuela QUE LOS OBLIGA A HACER LA INFRACCIÓN …SÍ O SÍ!!…” ..es decir ..no hay forma ni argumento posible en casos como este….solo se limitó a escribirme en el detalle de la falta que reparé la pieza en el lugar y seguí circulando…y que haga el descargo correpondiente en esa localidad…..lo cual voy a hacer , agradeciendote Dayana el modelo de descargo que dejaste , al menos para tener la satsfacción de no dejarme manosear por estos “caza-bobos” a quienes lo que menos les interesa es educar…sino mas bien ….RECAUDAR…no se como me irá a ir…..de ultima si tengo que pagar …pago…los $ 235 gracias a Dios y a mi trabajo los tengo….pero lo que tengo mas es bronca por como se nos rien en la cara como pueblo….es muy necesario que haya controles en la ruta , estoy de acuerdo con la educacion vial (todos cometemos ciertos vicios al volante , el que diga lo contrario miente) pero esto ya suena a una broma de mal gusto….espero tener suerte …Saludos a todos y gracias Day…

August 16th, 2010 at 20:15
75
Dayana

Alejandro,
Si hacés el descargo, y más aún constando en el acta que reemplazaste el foco, no vas a tener ningún problema y no tenés que pagar nada.
Me alegro que te sirva.
Saludos!

August 16th, 2010 at 20:31
76
Guillermo

Alejandro, Rechequea esto, pero me parece que si dnd tenes que hacer el descargo esta a mas de 60Km de tu ciudad podes hacer el descargo en el juzgado mas cercano. (que creo que es el que esta atras de Fiat)
Saludos!

August 16th, 2010 at 21:07
77
Alejandro Avellaneda

Guillermo…gracias por el dato…algo de eso ya sabía por lo que leí en la ley , pero ocurre que como mis viejos viven en Los Cocos ( yo , de hecho , tengo domicilio allá ) aproveché el finde largo para ir a visitarlos y hoy martes me fui a Soto a hacer el descargo …de paso veia un cliente pendiente de la semana pasada ..y la cosa fue mas o menos asi : …me llego hasta el tribunal de faltas con el descargo made in Dayana ( excelente , por cierto)y me atienden dos mujeres quienes luego de mirar la hoja me comentan que mi caso , sumado a este descargo practicamente me exime de toda culpa ….solo faltaba que pasara por el juez ( pequeño detalle)…y les di todas las copias del caso ( boleta de infraccion , descargo , peajes ,etc.) y firmé la que les dí a ellas….en eso una me dice : “…muy bien señor , ahora me tiene que pagar $ 50.-…. por que? obviamente sorprendido pregunté….la respuesta fue :”…por derechos y gastos de trámites..”…y me extendieron una proforma ( trucha y precaria como pocas que he visto)con una serie de recuadros llenos de mis datos y una leyenda arriba impresa que decía ” el diciente elige PAGO DE MULTA…….$ 50.-
Entendiendo que esto era una irregularidad manifiesta le digo que en ningun lugar o sitio web de la caminera esta estipulado el cobro del descargo , ademas de que yo justamente estaba ahi para defender mis derechos y no para declararme culpable y bla bla bla…etc. etc….y me dice :..”…bueno señor ..si no quiere no pague…………………. si..puntos suspensivos y pausa eterna como de ….”esperate sentado-a-que-llegue-esto-al-despacho-del-juez.”
mascullando bronca salgo en dirección a la ventanilla de pago y mientras llamo a mi hermana abogada para consultarle que hago y ella con su criterio litigante me dice : ” no pagués nada ” es una avivada!!…me fui a ver a mi cliente con la proforma en la mano y despues de laburar le muestro y me dijo que a El (que vive ahí , por cierto)también lo habian multado hace ya varios meses por lo mismo y que ahi en Soto siempre te cobran por esos trámites y mas y que si no les pagás…tus papeles terminan en la fogata de un asado de fin de semana ( por lo visto , todos se llevan su porción de la torta en este tipo de trampas “caza-bobos”..si no te la pone la caminera…te tenes que agachar ante la comuna , aunque tengas vos la razón )…….en resumen ..fuí y pagué los $ 50.- y la cajera se quedó con mi proforma y me dió un ticket sellado ( que no parece fiscal) y me dijo que con “eso” yo podia defenderme a futuro por cualquier reclamo de rebeldía……todo una historieta no?….pero de terror…..y eso que yo intenté hacer mas o menos lo que consideré correcto…pero me pusieron mas palos en la rueda que a la carreta de la familia Ingalls…..que le vamos a hacer espero les sirva de dato para que no los agarren de punto como a mí….saludos a todos y gracias Guille

August 17th, 2010 at 13:54
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Guillermo

No te puedo explicar la bronca que me dio leer tu comentario!!!!
Pero no se puede vivir con la bronca, tomalo como un aprendizaje para canalizar la ira, reite y segui viaje. Por desgracia, lo unico que podemos hacer es seguir contandonos las historias como esta, y en algun momento las cosas van a cambiar.
Lo que te hicieron pagar es un robo total!! pero bueno, somos gente contra gente, son personas que no tuvieron las mismas oportunidades que vos, ojala le sirva la plata para comprar remedios..

Muchas gracias Dayana por este blog, Dayana, Alejandro, yo y un par mas que escribieron mas arriba ya no pagamos la multa por luz quemada!! En otros tiempos no se podia ir a la facultad con pelo largo como yo ahora voy. Hagamos lo que este en mano de cada uno cada dia y siempre vamos a estar un poco mejor!.

Saludos gente

August 17th, 2010 at 14:08
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